DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Procuraduría General de Justicia del Estado
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
17 enero, 2018
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
25 enero, 2018
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Lic. Juan Francisco Sandoval Escobedo
Estructura Orgánica
POR: Procuraduría General de Justicia del Estado
De: Artículo 39 / Fracción II
La fracción refiere a: Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables
Denominación del área | Denominación del puesto | Denominación del cargo | Clave o Nivel del puesto | Tipo de Integrante | Área de adscripción | Denominación del la norma | Fundamento Legal | Atribuciones, Responsabilidades o Funciones | Hipevínculo al perfil | Prestadores de servicios u otro miembro | Hipervínculo al Organigrama | Leyenda respecto a prestador de servicios | Fecha de validación | Área responsable de la información | Año | Fecha de actualización | Nota |
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Procuraduría General de Justicia del Estado | Procurador General de Justicia del Estado | Procurador General de Justicia del Estado | S2 | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Participar en el Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Sistema Estatal de Seguridad Pública, en cumplimiento con la Ley en la materia; II. Administrar el seguimiento y cumplimiento a los Acuerdos que se celebren en las reuniones de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia; III. Designar y remover a los servidores públicos de la Institución en los términos que la Ley y su Reglamento establezcan; IV. Autorizar los programas de cooperación con procuradurías, instituciones y entidades locales y del extranjero, así como con organismos internacionales que coadyuven en el mejoramiento de la procuración de justicia; V. Validar la solicitud de improcedencia de la acción de Extinción de Dominio, que formule el agente del Ministerio Público especializado, y resolver en definitiva si debe ejercitarse la acción ante el Juez; VI. Vigilar el cumplimiento oportuno de la difusión en la página WEB de la Procuraduría General, de las obligaciones respecto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado; VII. Establecer las acciones conducentes entre los servidores públicos de la Institución, para garantizar una cultura de respeto a los Derechos Humanos; VIII. Coordinar la elaboración del anteproyecto del Presupuesto Anual de Egresos de la Institución y su presentación ante la Secretaría de Finanzas del Estado para los efectos conducentes, y IX. Las demás que con ese carácter le confieran las disposiciones legales aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Secretario Paticular de la Procuradiría General de Justicia | Sercretario Particular | Secretario Particular | DIRG | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | ||
Coordinación General Jurídica | Coordinación General Jurídico | Coordinador General Jurídico | DIRG | Servidor Público de Confianza | Despacho del C. Procurador | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Estudiar y analizar las propuestas de modificación de leyes, convenios, reglamentos, manuales y estatutos, entre otros, que presenten las áreas al titular de la Procuraduría General, y emitir la conclusión que fortalezca la propuesta correspondiente; II. Resolver las averiguaciones previas penales que los agentes del Ministerio Público del sistema tradicional remiten en consulta de no ejercicio de la acción penal; III. Coordinar demandas en materia civil, laboral y administrativa en los casos requeridos; IV. Fungir como enlace y compendio de la información de los acuerdos periódicos que se logren en materia de procuración de justicia en la Conferencia Nacional de Procuradores; V. Efectuar el estudio y análisis de las solicitudes de procedimientos abreviados presentados por los Agentes del Ministerio Público; VI. Elaborar y revisar los convenios de colaboración interinstitucional, y demás instrumentos jurídicos celebrados por la Procuraduría General con otras Dependencias, Entidades o personas de los sectores social y privado; VII. Ir a audiencia, manifestarse en la misma en la etapa de demanda y excepciones y hacer uso en caso de ser necesario de la voz en contra réplica. En etapa probatoria ofrecer pruebas, objetar y desahogar las mismas; VIII. Elaborar acuerdos en materia laboral en actos administrativos; IX. Supervisar que se actualice la base de datos y libro de gobierno de acuerdo a la resolución que se emitió en cada expediente; X. Plantear el proyecto de resolución de cada expediente al titular de la Procuraduría General; XI. Brindar asesoría jurídica a las personas que acudan solicitando audiencia pública con el titular de la Procuraduría General; XI. Dar trámite a la ejecución de sanciones emitidas por la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos en contra de los servidores públicos, por haber incurrido en responsabilidad administrativa, y XII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Coordinación Administrativa | Coordinación Administrativa | Coordinador Administrativo | DIRG | Servidor Público de Confianza | Despacho del C. Procurador | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar la formulación y consolidación del anteproyecto anual de presupuesto de egresos de la Procuraduría General, para su trámite y autorización ante la Unidad de Planeación y Secretaría de Finanzas, que permita a la Procuraduría General contar con los recursos financieros necesarios para su funcionamiento; II. Coordinar y dar seguimiento a las políticas y procedimientos autorizados que en materia de recursos humanos sean expedidos para el funcionamiento de las dependencias de la administración pública; III. Establecer los lineamientos y procedimientos que regulen las actividades referentes a la adquisición de bienes y servicios que requiera la Procuraduría General, que garantice la entrega y prestación de los mismos de manera oportuna y en los plazos convenidos; IV. Proponer a la Procuraduría General las medidas administrativas convenientes para la mejor organización y funcionamiento de la Institución; V. Participar en los trámites de autorización del presupuesto anual ante la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas; VI. Coordinar y supervisar el control sobre la aplicación de los recursos financieros autorizados a cada una de las áreas, con base en los programas y responsabilidades establecidas, emitiendo en su caso, las observaciones correspondientes; VII. Autorizar, los movimientos de personal procedentes, ascensos, bajas, remociones, cambios de adscripción, y documentos de identificación, que le sean presentados a su consideración; VIII. Establecer los lineamientos que regulen el disfrute de vacaciones del personal y Funcionarios de la Procuraduría General, supervisando su cumplimiento y por ende la armonía laboral de los empleados; IX. Supervisar que se efectúe la toma física del inventario de bienes muebles en las instalaciones de la Procuraduría General, de conformidad a la normatividad en la materia; X. Coordinar que se proporcionen oportunamente los servicios generales en los centros de trabajo de la Procuraduría General, que permitan el funcionamiento laboral bajo un ambiente de confort, seguridad y limpieza; XI. Coordinar la elaboración y/o actualización de los manuales y procedimientos administrativos cuando se vea modificada su estructura orgánico-funcional y presentarlos al titular de la Procuraduría General para su autorización; XII. Presentar el Manual de Organización y de Procedimientos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas, ante la Secretaría de la Función Pública, para su autorización y registro correspondiente; así como, tramitar su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Zacatecas; XIII.- Coordinar las acciones de desarrollo humano que coadyuven al fortalecimiento de las actividades laborales que tiene asignadas el personal, así como contribuir a la convivencia dentro de la procuraduría; XIV.- Coordinar las actividades para atender al personal de los Órganos de Fiscalización que se presenten ante la Procuraduría General, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública, así como, supervisar se dé cumplimiento a las observaciones o recomendaciones que en su caso emitan dichos Órganos, y XV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Recursos Financieros | Jefatura del Departamento de Recursos Humanos | Jefe del Departamento de Recursos Financieros | JDTO | Servidor Público de Confianza | Coordinación Administrativa | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Participar en la integración del anteproyecto anual de presupuesto de egresos del área y presentarlo al titular de la Coordinación Administrativa para su aprobación; II. Participar en la coordinación y vigilancia de los recursos financieros, de acuerdo a las normas y principios establecidos; III. Recibir y dar seguimiento a las cauciones turnadas por las Agencias del Ministerio Público, para que se encuentren debidamente administradas y resguardadas conforme a las disposiciones y normas que le son aplicables; IV. Mantener el control y gestión de los recursos financieros de la Procuraduría, de conformidad con las políticas que para tal efecto emita la Secretaría de Finanzas; V. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto, cumpla con los requisitos fiscales y poder tramitar el pago correspondiente; VI. Realizar los pagos a proveedor de acuerdo al Manual de Normas y Políticas del Ejercicio del Gasto Vigente; VII. Formular los informes financieros que les sean solicitados por el Coordinador Administrativo, atendiendo en su caso, las recomendaciones que le sean emitidas; VIII. Realizar mensualmente las conciliaciones bancarias, y en su caso, promover las aclaraciones correspondientes ante la institución bancaria para reflejar cifras conciliadas y depuradas en sus informes; IX. Establecer las medidas de control para resguardar y mantener actualizado el archivo con la documentación que se genera en el área; X. Formular proyectos de planes y programas de trabajo de la unidad a su cargo, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Recursos Humanos | Jefatura del Departamento de Recursos Humanos | Jefe del Departamento de Servicios Generales | JDTO | Servidor Público de Confianza | Coordinación Administrativa | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Participar en la integración del anteproyecto anual de presupuesto de egresos del área y presentarlo al titular de la Coordinación Administrativa para su aprobación; II. Vigilar que se apliquen invariablemente, las políticas y procedimientos de recursos humanos autorizados, que permita a la Procuraduría General una administración eficiente de los mismos; III. Recibir las solicitudes de contratación de personal que requieran las áreas para cubrir las plazas vacantes que se generan por bajas e incapacidades, entre otros, analizando con base a la plantilla de personal cubierta y autorizada, y determinar si es procedente o no la citada solicitud; IV. Proporcionar atención a la ciudadanía que se presenta a solicitar trabajo por iniciativa propia, que permita contar con una bolsa de trabajo de posibles candidatos a la Procuraduría General; V. Integrar y mantener actualizado al expediente de cada trabajador con la documentación que señala la normatividad vigente, así como, incorporar al mismo, aquella cuya naturaleza de sus funciones y disposiciones legales y administrativas, se requiera su incorporación; VI. Analizar, validar y efectuar los movimientos de registro del personal por concepto de ascensos, bajas, cambios de adscripción, para la aplicación en la nómina respectiva; VII. Aplicar las políticas y procedimientos de control y registro de asistencia del personal, con la finalidad de efectuar el cálculo y pago de nómina correctamente; VIII. Asesorar, en materia de movimientos de personal, a las áreas que lo soliciten a efecto de que se promuevan y lleven a cabo la correcta aplicación del procedimiento; IX. Elaborar la credencialización para la identificación del personal de la Procuraduría; X. Elaborar y aplicar el Programa Anual de Vacaciones, determinando el número de días de vacaciones a que tiene derecho a disfrutar cada trabajador, proporcionando la información al personal que lo solicite; XI. Apoyar en la elaboración y/o actualización de los manuales y procedimientos administrativos, cuando sean solicitados por las áreas de la Procuraduría General para su integración y trámite de autorización correspondiente ante las instancias normativas; XII.- Promover las acciones de desarrollo humano que coadyuven al fortalecimiento de las actividades laborales que tiene asignadas el personal, así como, contribuir a la convivencia dentro de la procuraduría; XIII. Difundir al personal a su cargo, las políticas, normas y lineamientos contenidas en los manuales, instructivos, guías, circulares, oficios y acuerdos emitidos por la Procuraduría General, supervisando se dé su cabal cumplimiento, y XV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento De Servicios Generales | Jefatura del Departamento de Servicios Generales | Jefe del Departamento de Servicios Generales | JDTO | Servidor Público de Confianza | Coordinación Administrativa | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Participar en la integración del anteproyecto anual de presupuesto de egresos del área y presentarlo al titular de la Coordinación Administrativa para su aprobación; II. Vigilar que se efectué la prestación de los servicios de conservación, limpieza, fotocopiado, archivo, correspondencia, transporte de personal, seguridad y vigilancia, mantenimiento preventivo y correctivo al equipo y mobiliario de oficina; todos ellos, de manera permanente y oportuna que permita crear un ambiente de confort, seguridad y limpieza; III. Recibir los requerimientos de las áreas, respecto de las necesidades de mantenimiento al mobiliario y equipo de oficina a su cargo para elaborar el programa de trabajo correspondiente; IV. Presentar a la consideración de la Coordinación Administrativa, el programa de mantenimiento al mobiliario y equipo de oficina de las áreas que conforman la Procuraduría General (conmutadores, extintores, elevadores, relojes checadores de huella digital y vehículos utilitarios, entre otros), para la contratación de los servicios correspondientes; V. Programar y expedir la dotación mensual del combustible requerido para el funcionamiento de los vehículos utilitarios, considerando para ello, las características de uso y cilindraje de la unidad, que permita al personal el traslado oportuno para el ejercicio de sus actividades; VI. Verificar que la documentación generada en la Procuraduría General y la recibida de fuente externa, sea distribuida a las áreas, tanto internas como externas de acuerdo a su clasificación para que el flujo de comunicación se realice de manera eficiente y oportuna; VII. Participar, en coordinación con la Secretaría de Administración, en los contratos y servicios que sean necesarios con base a la normatividad aplicable en la materia; VIII.Coordinar se lleve a cabo de manera oportuna la gestoría vehicular derivada de altas, bajas, reposición de placas, tarjetas de circulación, entre otros, de los vehículos utilitarios, que permita el funcionamiento operativo de los mismos; IX. Vigilar que se apliquen los mantenimientos preventivos al parque vehicular de conformidad con el programa establecido, así como, apoyar y dar atención oportuna a los requerimientos de mantenimiento correctivo que solicite el personal de la Procuraduría General; X. Coordinar y mantener actualizados el directorio de telefonía interna del personal de la Procuraduría General, y remitir el mismo a cada titular de área para la funcionalidad operativa de intercomunicación, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento Presupuestal Y Proyectos Federales | Jefatura del Departamento de Servicios Generales | Jefe del Departamento de Servicios Generales | JDTO | Servidor Público de Confianza | Coordinación Administrativa | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Realizar la integración y consolidación del anteproyecto del presupuesto de egresos de la Procuraduría, de acuerdo a la normatividad emitida por la Secretaría de Finanzas, y presentarlo al titular de la Coordinación Administrativa para su trámite y autorización correspondiente; II. Elaborar el programa anual de adquisiciones en coordinación con el departamento de compras y activos para presentarlo a consideración del titular de la Coordinación Administrativa e integrarlo al anteproyecto de presupuesto de egresos; III. Integrar y presentar a la consideración del titular de la Coordinación Administrativa, las adecuaciones al calendario financiero que requiera la Procuraduría General, para su trámite de autorización ante las instancias correspondientes; IV. Implantar las acciones necesarias para el control en la aplicación de los recursos financieros, de acuerdo al presupuesto y calendario autorizado, que permita cumplir con la normatividad establecida para tal efecto; V. Integrar los avances de las metas en el Programa Operativo Anual en el Sistema de Planeación, que permita al titular de la Coordinación Administrativa formalizarlo y hacerlo del conocimiento a la Unidad de Planeación; VI. Integrar y proporcionar la información de los fondos federales a la Coordinación Administrativa, para su autorización y posterior trámite de comprobación ante la Secretaría de Finanzas; VII. Realizar el seguimiento del Programa Operativo Anual Autorizado, en estricto apego a la normatividad establecida por la Secretaría de Finanzas; VIII. Vigilar que el ejercicio del gasto se efectúe con base en los calendarios financieros autorizados por la Secretaría de Finanzas, así como, su debido cumplimiento; IX. Verificar que se asigne partida presupuestal de gasto a la documentación requirente de pago de conformidad con la normatividad aplicable en la materia; X. Coordinar y controlar el avance del ejercicio presupuestal de los compromisos fincados a través del proceso de Adquisiciones, supervisando su cumplimiento; XI. Capturar en el portal aplicativo de la Secretaria de Hacienda los avances financieros de los Proyectos Federales, y XII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Compras y Activos | Jefatura del Departamento de Servicios Generales | Jefe del Departamento de Servicios Generales | JDTO | Servidor Público de Confianza | Coordinación Administrativa | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Integrar el Anteproyecto de Presupuesto de egresos del área y presentarlo a la Coordinación Administrativa para su aprobación; II. Supervisar que los procesos adquisitorios cumplan con lo establecido en las leyes, normas, lineamientos y procedimientos administrativos autorizados en materia de adquisiciones y almacenes; III. Dar seguimiento al programa anual de adquisiciones de los bienes y/o prestación de servicios, en coordinación con el Departamento Presupuestal y Proyectos Federales; IV: Recibir, controlar y atender los requerimientos que soliciten las áreas por compra de bienes y/o contratación de prestación de servicios; V. Proporcionar a los proveedores y/o contratistas las consultas y/o aclaraciones relacionadas con el proceso adquisitorio; VI. Realizar el seguimiento de las compras de bienes y la prestación de servicios, a fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos, notificando a la Secretaría de Administración, aquellos casos en que no se cumplan, para que se apliquen las penas convencionales correspondientes y su respectivo cobro; VII. Efectuar el seguimiento del Programa Anual de Adquisiciones y su ejercicio presupuestal; VIII. Efectuar el trámite para la contratación de compras urgentes de bienes y/o prestación de servicios solicitadas por las áreas de la Procuraduría General, cuyos montos se encuentren dentro del rango establecido para las adjudicaciones directas; IX. Acudir como integrante de los Comités de Adquisiciones a cargo de la Secretaría de Administración, para los procesos en los que la Procuraduría General forme parte; X. Elaborar estadísticas e informes del proceso de las adquisiciones; XI. Supervisar que la recepción de los bienes que se adquieran cumplan con los lineamientos establecidos para la recepción y guarda de los mismos, así como con las características técnicas requeridas por el solicitante; XII. Supervisar y controlar el almacén con base en la normatividad establecida para tal efecto, hasta su entrega al área solicitante, y obtención del resguardo correspondiente, y XIII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Unidad de Transparencia | Jefatura del Departamento de Unidad de Transparencia | Jefe del Departamento de Servicios Generales | JDTO | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Recibir y coordinar que las solicitudes de acceso a la información, se atiendan de conformidad a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, para cumplir y garantizar a toda persona el acceso a la información que se genera en la Procuraduría General; II. Difundir y propiciar la actualización de la información en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado; III. Coordinar y vigilar en coordinación con las unidades administrativas correspondientes, el resguardo y la correcta administración de la información clasificada como reservada o confidencial; IV. Supervisar que las unidades administrativas de la Procuraduría General, actualicen de manera trimestral la información pública de oficio; V. Orientar y auxiliar a las personas que lo requieran en la elaboración y entrega de las solicitudes de acceso a la información pública; VI. Efectuar los trámites y gestiones internas para entregar la información pública solicitada y efectuar las notificaciones correspondientes; VII. Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos para contar con personal de calidad en materia de transparencia; VIII. Informar del resultado de los recursos de revisión interpuestos, así como de los amparos que existan en contra de las resoluciones de la Procuraduría en materia de acceso a la información; IX. Notificar a la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la normatividad aplicable; X.Asegurar la eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, mediante procesos de mejora continua que se propongan al Comité; XI. Informar sobre las estadísticas de las solicitudes de información que deberán contener el tipo de resultado y el tema de las solicitudes, así como informar del resultado en materia de los programas implantados para la protección de datos personales y organización de archivos; XII. Proponer los procedimientos internos que aseguren la mayor eficacia y eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, así como los criterios para la clasificación de información reservada y confidencial a cargo de la Institución, y XIII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Unidad de Análisis de la Información | Jefatura del Departamento de Servicios Generales | Jefe del Departamento de Unidad de Transparencia | JDTO | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Diseñar el modelo de información que capte los datos estratégicos relativos a la delincuencia nacional e internacional, para contar con información confiable y oportuna, así como la plataforma sobre la cual, se deberá contener la información; II. Desarrollar e implementar, en coordinación con las áreas competentes, sistemas de procesamiento de datos, que generen estadísticas confiables y se intercambien con otras agencias de inteligencia y planeación estratégica del combate a la delincuencia, tanto nacionales, como internacionales; III. Evaluar los instrumentos programáticos que se establezcan para el control de la delincuencia; IV. Instruir la operación y actualización de los sistemas de información estadística y de análisis, que son necesarios para el desarrollo de las funciones de las Unidades adscritas al Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI); V. Proporcionar, de conformidad a la normatividad aplicable, a las áreas administrativas de la Procuraduría General, información oportuna y veraz para el cumplimiento de sus funciones; VI. Establecer los mecanismos de coordinación con otras áreas de la Procuraduría General, que permitan proporcionar de manera ágil y segura, información relativa a la delincuencia organizada; VII. Precisar políticas para el intercambio de información con otras Instituciones y Organismos nacionales e internacionales, con el propósito de medir el impacto social y económico de la delincuencia; VIII. Participar en foros nacionales, en los que se establezcan políticas, lineamientos, medidas, bases de colaboración y demás instrumentos jurídicos y técnicos, así como intercambio de información de formas e impacto de la delincuencia, con el propósito de combatir frontalmente grupos criminales organizados; IX. Determinar, con base en la información disponible, las zonas geográficas de incidencia delictiva, para precisar acciones especializadas por región y atacar de manera específica cada caso; X. Requerir a las autoridades competentes, la información sobre el modus operandi de la delincuencia, para conformar patrones y estadísticas que permitan diseñar estrategias de ataque a estos núcleos criminales, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Unidad de Informática | Jefatura del Departamento de Servicios Generales | Titular de la Unidad de Transparencia | JDTO | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Elaborar el anteproyecto anual de presupuesto de egresos del área, y presentarlo a la Coordinación Administrativa para su integración y trámite de autorización ante la Secretaría de Finanzas; II. Establecer las políticas, normas, procedimientos y lineamientos que en materia de informática requiera la Procuraduría General; III.Administrar el desarrollo de los planes actuales y futuros de automatización de sistemas de información, con base en las políticas y lineamientos que dicte la Procuraduría General; IV. Analizar, diseñar y evaluar los sistemas de información solicitados por las áreas que conforman la Procuraduría General; V. Definir, mantener y administrar los métodos, normas de eficiencia, confidencialidad de la información y controles de operación del procesamiento electrónico de la información, así como, el inventario del equipo informático y la base de datos; VI. Implementar y supervisar la plataforma y el marco que integren la infraestructura tecnológica de los servicios de telefonía y redes, con el objetivo de apoyar las funciones de las áreas que integran la Procuraduría General; VII. Asesorar a superiores jerárquicos para la selección de equipo de procesamiento de información, requerido para nuevas instalaciones o ampliación de las ya existentes, considerando ventajas técnicas y económicas; VIII. Instrumentar los programas de mantenimiento preventivo de los equipos de cómputo, estableciendo políticas de operación, a fin de elevar el nivel de eficiencia de los mismos. De igual manera coordinar el mantenimiento correctivo de los equipos que así lo requieran; IX. Establecer los mecanismos adecuados para la investigación y difusión sobre los adelantos tecnológicos tanto en materia de aplicaciones informáticas como de equipos y dispositivos de cómputo; X. Coordinar y supervisar que la base de datos y memorias de los equipos de cómputo se encuentren debidamente soportadas, resguardadas y mantengan los estándares de calidad y seguridad necesarios para hacer frente a situaciones normales y de emergencia; XI. Proporcionar la atención y soporte técnico a los usuarios en materia de servicios informáticos institucionales a fin de promover el uso y operación adecuados de los distintos sistemas, equipos, redes y dispositivos informáticos con que cuenta la Procuraduría General; XII. Coordinar la elaboración e implantación de programas orientados a la capacitación y desarrollo del personal de confianza en materia de informática, que demanden las necesidades de la Procuraduría General; XIII. Asistir a foros, conferencias y eventos en materia de informática, tanto nacionales como internacionales, en los que sea invitado el Procurador General, y acudir en su representación, previa autorización del mismo; XIV. Supervisar la generación de la incidencia delictiva, subirla y enviarla oportunamente al Sistema Nacional de Seguridad Pública; XV. Evaluar los requerimientos para la sistematización de procedimientos informáticos y determinar la facilidad de su implementación, así como retroalimentar los sistemas implementados mediante las modificaciones y adaptaciones que la dinámica de los mismos requiere, y XVI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales | Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales | Subprocurador de Investigaciones y Procesos Penales | SUB | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar que las denuncias o querellas por hechos que la ley señale como delito, se integren debidamente en las carpetas de investigación o en su caso en las averiguaciones previas que se estén tramitando de conformidad con el reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General, así como supervisar su seguimiento; II. Conocer de las averiguaciones previas, ya sea que las hubieran iniciado por denuncia o querella, en este último caso requerirá ratificación de la misma, en términos del Código Local; III. Supervisar los recursos y juicios de amparo contra los actos que causen agravio a los representados por el Ministerio Público; IV. Establecer las medidas necesarias para el resguardo de objetos asegurados, así como, instruir el procedimiento de abandono de bienes que no han sido reclamados; V. Proponer al Procurador General, los estudios y proyectos que se elaboren en las unidades a su cargo, para el funcionamiento debido en el ejercicio de sus atribuciones; VI. Coordinar la atención de las colaboraciones solicitadas, de conformidad con los convenios de colaboración celebrados entre las procuradurías y fiscalías del país; VII. Supervisar la ejecución de los mandamientos judiciales y de ser necesaria la extradición, así como la emisión de constancias ministeriales a quien lo solicite; VIII. Coordinar y autorizar el intercambio de información con otras instancias de justicia del país, que coadyuven al cumplimientode los procesos legales correspondientes; IX. Resolver los asuntos competentes del área y las consultas de reserva planteadas por los diversos agentes del Ministerio Público; X.Establecer un programa de visitas a las agencias del Ministerio público a su cargo, que permita supervisar el actuar de los agentes del Ministerio Público de las Unidades Especializadas de Investigación e instructores de averiguaciones previas, ante los órganos jurisdiccionales, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Coordinación General de Unidades de Investigación | Coordinación General de Unidades de Investigación | Coordinador General de Unidades de Investigación | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Disponer, conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales y demás disposiciones aplicables, la detención, aseguramiento de bienes y en su caso, la restitución provisional de la libertad del o los imputados; II. Definir las políticas y estrategias de coordinación con las unidades especializadas de investigación y delegaciones regionales, para realizar acciones en materia de integración de averiguaciones previas y en el ejercicio de la acción penal; III. Conducir las acciones del Ministerio Publico, en la recepción de denuncias, o querellas, en la investigación y diligencias para la integración de la carpeta de investigación en la integración de los elementos de prueba para acreditar el delito y realizar la imputación correspondiente; IV. Evaluar la actuación del Ministerio Público en la investigación, de conformidad con la normatividad aplicable y los criterios institucionales establecidos en la materia; V. Supervisar que los agentes del Ministerio Público, se apeguen a las disposiciones aplicables para la integración de la carpeta de investigación, que practiquen todas las diligencias necesarias que faciliten la recolección de elementos de prueba y velar que en éstas, se respeten los Derechos Humanos del Imputado; VI. Instruir a los agentes del Ministerio Público para, que soliciten ante el órgano jurisdiccional según el caso, las medidas precautorias que se requieran para la correcta integración de la carpeta de investigación; VII. Proporcionar, previa autorización del Procurador General, la asesoría jurídica que le requieran las áreas administrativas de la Institución y otras dependencias del Ejecutivo Estatal en áreas de su especialidad; VIII. Analizar las incompetencias planteadas por los agentes del Ministerio Público y determinar la procedencia o no de la misma; IX.- Aplicar, con base en el dictamen o acuerdo jurídico que emita el Procurador General, el no ejercicio de la acción penal, salvo en las averiguaciones previas o carpetas de investigación; X. Elaborar la solicitud de colaboración, de conformidad con los convenios de colaboración celebrados entre las procuradurías y fiscalías del país; XI: Ordenar la presentación ante el órgano jurisdiccional, del o los imputados en la audiencia ante el juez de control; XII. Evaluar los métodos y técnicas de investigación y recolección de prueba, así como el registro y control de las mismas; XIII. Proporcionar, en coordinación con las unidades especializadas de investigación y delegaciones regionales, la información y cooperación técnico-jurídica que requieran otras áreas sustantivas de la Institución, conforme a las políticas y lineamientos que establezca su titular; XIV. Autorizar, previo acuerdo con el Subprocurador de Investigaciones y Procesos Penales, el trámite de las carpetas de investigación que, en forma ordinaria se instruyen en el ámbito de su responsabilidad, y XV. Las demás que señalen otras leyes y reglamentos vigentes en el Estado. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/12/2017 | |
Coordinación de Aprehensiones, Colaboraciones y Extradiciones | Coordinación de Aprehensiones, Colaboraciones y Extradiciones | Coordinador de Aprehensiones, Colaboraciones y Extradiciones | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar la ejecución de los mandamientos judiciales y ministeriales asignados apoyándose en la Policía Ministerial; II. Establecer con organismos públicos, privados y la Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales, mecanismos de coordinación para localizar fugitivos, y proporcionar el apoyo que requieran la Procuraduría General de la República, las de las Entidades Federativas y las Unidades Administrativas de la Institución; III. Controlar las estadísticas e informes de los mandamientos judiciales y ministeriales, para su revisión y análisis del Subprocurador de Investigaciones y Procesos Penales; IV. Coordinar y mantener permanentemente actualizada la información que es solicitada y enviada a Plataforma México; V. Colaborar en las demandas de amparo promovidas ante Juzgados de Distrito contra mandamientos judiciales; VI. Atender y dar respuesta a los informes de quejas interpuestas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos; VII. Coordinar la respuesta a las solicitudes de antecedentes no penales de autoridades federales y del fuero común que le sean solicitadas; VIII. Atender y dar seguimiento a las consultas que presenten las Unidades de la Procuraduría General, así como diversas instancias Federales, Estatales, en materia jurídica y de asuntos internacionales que sean de su competencia; IX. Disponer el análisis jurídico de la legislación exterior en materia penal y procesal, así como de los instrumentos normativos internacionales en materia de extradiciones; X. Colaborar en la Extradición o la Deportación de las personas con la instancia competente del gobierno federal o instancias en el extranjero, respecto del cumplimiento de mandatos judiciales pendientes de cumplimentar; XI. Definir las bases para el estudio y análisis jurídico de los instrumentos normativos internacionales en la materia, que se consideren necesarios para el desahogo de los procedimientos de extradición; XII. Expedir cartas de no antecedentes penales a las personas que lo soliciten en la Procuraduría General, previa revisión y cotejo en el sistema; XIII. Verificar se realice el registro del personal ante el Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como, resguardar debidamente la información, y XIV. Las demás que señalen otras leyes y reglamentos vigentes en el Estado. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Coordinación de Apelación y Amparos | Coordinación de Apelación y Amparos | Coordinador de Apelación y Amparos | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Investigaciones y Procesos Penales | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Establecer el programa de vigilancia del cumplimiento de la Constitución, sobre la actuación ministerial en los juicios de amparo; II. Precisar los criterios que aplicarán los agentes del Ministerio Público en sus intervenciones durante los juicios de amparo, como parte permanente, así como disponer su coordinación; III. Planear y desarrollar los programas de supervisión técnico-jurídica de la intervención del Ministerio Público en los juicios de amparo; IV. Difundir los lineamientos de actuación institucional en materia de amparo; V. Intervenir en los juicios de amparo, en apego a los términos que establece la Ley de Amparo y laReglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución; VI. Aprobar los informes previos, justificados, recursos y demás requerimientos de la autoridad judicial federal a las de la Institución, que se señalen como responsables en los juicios de amparo, que no se originen por relaciones laborales, así como los del C. Procurador General; VII. Suscribir los documentos conducentes que se deriven de los demás requerimientos de las autoridades de referencia y previo acuerdo; VIII. Autorizar, la determinación sobre las consultas del contenido y sentido de los pedimentos ministeriales o la de no interposición de recursos en la materia, y IX. Las demás que señalen otras leyes y reglamentos vigentes en el Estado. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Subprocurador de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | SUB | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar los servicios que presten los módulos de atención temprana, proporcionando información y orientación jurídica a la persona solicitante, y en su caso, enviarla al centro de justicia alternativa, para la adecuada atención de los servicios de mediación; II. Dar a conocer, a través de los Centros Distritales de Justicia Alternativa, las bondades y consecuencias jurídicas que tienen los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, con el propósito de resolver el conflicto expuesto; III. Procurar el diálogo para la solución de las controversias que se presenten entre particulares por hechos que la ley señale como delito, con procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad, para dar solución eficaz al problema planteado; IV. Proponer la solución de controversias surgidas por hechos que la ley señale como delito, mediante los mecanismos de conciliación, mediación y procedimientos restaurativos, con el fin de coadyuvar en la solución de la problemática; V. Supervisar que los acuerdos reparatorios celebrados se apeguen a las disposiciones que establece la ley de la materia, que permita concluir el asunto planteado; VI. Supervisar la realización de revisiones y evaluaciones técnico-jurídicas, generales, especiales y de productividad a las unidades de investigación, módulos de atención temprana, centros de justicia alternativa, policía ministerial e Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses, con el objeto de verificar su debida actuación; VII. Dar vista cuando así proceda a la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos, sobre acciones u omisiones de los servidores públicos de la Procuraduría General, que puedan ser constitutivos de responsabilidad administrativa o penal, para lograr una eficaz procuración de justicia y respeto de los derechos humanos; VIII. Coordinar cursos, diplomados, especialidades, adiestramientos, actualizaciones, conferencias y talleres a los servidores públicos de la Procuraduría General; IX. Coordinar se brinde la capacitación a otras Instituciones con quien se tenga convenio de colaboración, sobre las materias propias de la Procuración y Administración de Justicia, que coadyuven con el propósito de lograr su profesionalización; X. Coordinar a través del Centro de Capacitación, los procedimientos y programas de reclutamiento, selección e ingresos a la Procuraduría General, policía ministerial y al Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses; XI Coordinar el funcionamiento y operatividad de las agencias del Ministerio Público adscritas al Tribunal Superior de Justicia; XII. Coordinar y supervisar que se brinde asesoría jurídica a víctimas y ofendidos, y se aplique correctamente el procedimiento en las etapas del proceso penal, y en su caso, interpongan los recursos procedentes cuando la resolución sea adversa al interés jurídico; XIII. Coordinar que en los procedimientos se salvaguarde la integridad física, emocional, estado legal y bienes de los menores e incapaces que se encuentren en situación de conflicto y que sean respetados sus derechos humanos; XIV. Elaborar el anteproyecto del presupuesto de las unidades administrativas a su cargo; XV. Supervisar e integrar los informes requeridos al personal de la Procuraduría, para el debido control de la eficiencia y productividad en el ejercicio de sus funciones; XVI. Promover los acuerdos de cierre y creación de agencias del Ministerio Público y Unidades Especializadas de Investigación con base a las instrucciones del Procurador General; XVII. Someter a la aprobación del Procurador General, los estudios y proyectos que se elaboren en las unidades a su cargo, para el funcionamiento debido en el ejercicio de sus atribuciones; XVIII. Acordar con los titulares de las Unidades Administrativas de su adscripción los asuntos que sean de su competencia, para dar solución a los temas planteados, y XIX. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Coordinación General de Módulos de Atención Temprana y Centros de Justicia Alternativa | Coordinación General de Módulos de Atención Temprana y Centros de Justicia Alternativa | Coordinador General de Módulos de Atención Temprana y Centros de Justicia Alternativa | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Proporcionar orientación jurídica en los módulos de atención temprana, a las personas que se presenten ante los citados módulos; II. Orientar al denunciante o querellante sobre los Mecanismos Alternativos de solución de controversias e informar en qué consisten éstos y sus alcances; III. Canalizar las denuncias y querellas a las Unidades especializadas de investigación para que se continúe con la investigación de los hechos; IV.- Derivar el asunto al órgano adscrito a las procuradurías cuando la víctima u ofendido esté de acuerdo con solicitar el inicio del Mecanismo Alternativo previsto en la Ley; V. Iniciar del mecanismo alternativo previsto en la Ley, como la mediación, la conciliación, y la junta restaurativa para dar solución al conflicto surgido entre los involucrados; VI. Informar al solicitante, y en su caso, al Ministerio Público o al Juez cuando el asunto no sea susceptible de ser resuelto por un mecanismo alternativo; VII. Substanciar los mecanismosalternativos observando lo previsto en el artículo 17 constitucional, para actuar con diligencia y respeto a los Derechos Humanos; VIII. Efectuar los acuerdo reparatorios entre los intervinientes para dar fina a la controversia surgida del hecho que la Ley señala como delito; IX. Procurar mediante los centros de justicia alternativa, que los conflictos se resuelvan a través del diálogo para lograr los fines del procedimiento penal; X. Aprobar los acuerdos reparatorios cuando sean de cumplimiento inmediato y someterlos a la aprobación del juez cuando de sean de cumplimiento diferido, para formalizar su cumplimiento; XI. Verificar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos reparatorios, para poner fin al asunto planteado; XII. Crear y alimentar la Base de datos de todos los asuntos atendidos y canalizados para llevar a cabo la estadística entorno al funcionamiento del servicio, y XIII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Coordinación de Visitadores | Coordinación de Visitadores | Coordinador de Visitadores | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Practicar visitas a servidores públicos para verificar la estricta observancia de la constitucionalidad y legalidad en su actuación; II. Particularizar en el acta administrativa, las irregularidades detectadas que contravienen a las disposiciones normativas, sustantivas adjetivas o administrativa en que incurrieron los servidores públicos y auxiliares; III. Emitir instrucciones específicas a los servidores púbicos en base al estudio técnico jurídico resultado de la revisión de las averiguaciones previas, legajos o carpetas de investigación y procesos penales para una eficaz procuración de justicia; IV. Informar al Subprocurador de Control, Justicia Alternativa y Capacitación, de los resultados obtenidos en las supervisiones practicadas, con la finalidad de tomar las medidas preventivas o correctivas necesarias; V. Promover acciones que garanticen el actuar de manera transparente del personal sustantivo de la Procuraduría, y combatir la corrupción, y VI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Centro de Capacitación Ministerial | Centro de Capacitación Ministerial | Titular del Centro de Capacitación Ministerial | JDTO | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Programar cursos de capacitación y actualización, sobre aspectos técnico jurídicos de las distintas actividades que realiza el Ministerio Público, aspectos periciales y actuación de la policía ministerial, así como otros que requiera el personal de la Procuraduría General que fortalezcan suscapacidades técnicas y profesionales; II. Planear, coordinar y realizar conferencias, mesas redondas, seminarios, talleres, congresos, foros de discusión y demás actividades de carácter técnico-científicas, que tengan por finalidad la actualización y constante capacitación de los servidores públicos de la Procuraduría General; III. Implementar actividades de extensión académica con el propósito de difundir las ciencias penales; IV. Gestionar convenios de cooperación técnica-científica con institutos similares de la Procuraduría General de la República, Procuradurías de las Entidades Federativas, así como con instituciones, organismos públicos y privados, y asociaciones nacionales e internacionales, en todo aquello que tenga por objeto el eficaz cumplimiento de sus atribuciones; V. Celebrar los convenios necesarios con otras instituciones o corporaciones en materia de capacitación e investigación académica; VI. Realizar cursos de formación que incluyan la selección y evaluación de aspirantes a ingresar a la procuraduría, como agentes del Ministerio Público, peritos o policías ministeriales; VII. Diseñar y dirigir el proceso de selección de aspirantes a ingresar a los diversos cursos que se programen; VIII. Programar los cursos para la profesionalización de agentes del Ministerio Público, agentes de investigación y peritos; IX. Promover entre el personal de la Procuraduría General, la participación en eventos de actualización que impartan otras dependencias, instituciones, asociaciones y organismos públicos y privados, relativos a la procuración y administración de justicia; X. Programar y realizar cursos de especialización, diplomados y maestrías dirigidos al personal activo de la Procuraduría General para una mayor eficiencia en sus actividades; XI. Promover la publicación de libros, revistas especializadas en el área de la procuración de justicia y en ciencias penales, que apoyen en el actuar a los servidores públicos de la Procuraduría General; XII. Participar con la coordinación administrativa, en la promoción de convocatorias para la selección de personal de nuevo ingreso; XIII. Efectuar los trámites de registro, autorización y reconocimiento de los programas de estudio, así como, llevar un registro de participantes y egresados de los cursos; XIV. Entregar la Certificación correspondiente, al personal facilitador que haya sido previamente evaluado, y XV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Agencias del Ministerio Público Adscritas al Tribunal Superior de Justicia | Agencias del Ministerio Público Adscritas al Tribunal Superior de Justicia | Agente del Ministerio Público Adscritas al Tribunal Superior de Justicia | AMP | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Control, Justicia Alternativa y Capacitación | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Asesorar a la víctima en proceso penal para hacerle saber sus derechos contenidos en Ley; II. Vigilar las etapas del proceso penal en los juzgados y salas para que se apliquen correctamente las disposiciones legales aplicables y en su caso, interponer los recursos procedentes cuando la resolución sea adversa al interés jurídico que representa; III. Intervenir en las diligencias requeridas en el proceso penal para acreditar el cuerpo del delito y la responsabilidad penal del inculpado y se condene a la reparación del daño causado; IV. Verificar que en los procedimientos se salvaguarde la integridad física, emocional, estado legal y bienes de los menores e incapaces que se encuentren en situación de conflicto y que sean respetados sus derechos humanos; V. Formular y emitir informes a las subprocuradurías de la Procuraduría General, respecto de las diligencias practicadas en los procedimientos penales, civiles y familiares; VI. Elaborar y entregar informes estadísticos que el Subprocurador de Control, Justicia Alternativa y Capacitación les solicite sobre el desarrollo de las actividades que realiza, y VII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Subprocuraduría de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | Subprocuraduría de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | Subprocurador de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | SUB | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Conducir y evaluar las actividades sobre la protección de los Derechos Humanos, seguimiento de recomendaciones, atención a víctimas y servicios a la comunidad, con el propósito de determinar con la oportunidad debida, las medidas correctivas y/o preventivas que procedan; II. Precisar acciones para detectar las necesidades de capacitación, difusión y fomento en los servidores públicos, de la cultura de los Derechos Humanos, así como atender con apego a la normatividad aplicable, las quejas que presente la ciudadanía o las que se deriven de visitas de inspección; III. Aplicarlas políticas y criterios que dicte el Procurador General, en lo referente a la promoción y difusión de acciones y servicios en materia de Derechos Humanos y atención a víctimas que proporciona la Institución a la sociedad; IV. Aplicar, conforme a la normatividad establecida y las políticas que emita el Procurador, las medidas que permitan fortalecer mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, estatales y municipales, que propicien una procuración de justicia oportuna eficaz, con estricto apego a los Derechos Humanos; V. Emitir, previa autorización del Procurador General, las normas de carácter general y demás disposiciones que apoyen el funcionamiento y operación de la Subprocuraduría y de sus unidades administrativas adscritas; VI. Intervenir dentro del ámbito de su competencia, en el apoyo a víctimas del delito y su canalización a las áreas competentes para la reparación de los daños y perjuicios; VII. Autorizar los dictámenes técnicos sobre violaciones a los Derechos Humanos en las actuaciones ministeriales e informar sobre las observaciones y sugerencias para que se solventen a la brevedad; VIII. Determinar la suscripción de convenios de coordinación y colaboración con dependencias y entidades federales, estatales y municipales, que propicien los trabajos comunitarios así como aquellos que promuevan el fácil acceso de la sociedad a los servicios institucionales en materia de procuración de justicia; IX. Definir lineamientos y políticas de colaboración en las investigaciones, resoluciones y seguimiento de las quejas que presente la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos, así como disponer las facilidades necesarias para las visitas de inspección a las áreas sustantivas y lugares de detención de reos, que requieran realizar sus representantes; X. Instruir que se elaboren los informes sobre los casos de responsabilidad penal o administrativa, para que se integre la carpeta de investigación e imputación respectiva por actos violatorios de los Derechos Humanos de los servidores públicos e informar con la oportunidad debida, a la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos; XI. Disponer la difusión de leyes y tratados nacionales e internacionales que protegen los Derechos Humanos, que promuevan su debido respeto en toda actuación ministerial, policial y pericial; XII. Participar con otras instituciones y organismos públicos y privados, en foros nacionales, estatales e internacionales sobre Derechos Humanos, atención a víctimas que permitan el intercambio de información y establecer criterios de acción, colaboración y cooperación; XIII. Instruir lo conducente para que, se promueva una cultura de participación ciudadana en programas preventivos y de colaboración en las funciones institucionales; XIV. Instruir el debido cumplimiento de los preceptos que señala la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, así como la atención y seguimiento de las medidas cautelares que la misma solicite; XV. Evaluar la atención de las propuestas de conciliación y las recomendaciones que formule la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos e instruir su efectivo control y seguimiento, hasta su resolución; XVI. Autorizar los programas de actividades para la atención de las recomendaciones y propuestas de conciliaciones que provengan de la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos, sobre la actuación de los servidores públicos de la Institución; XVII. Dar vista a la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos, los casos de probable responsabilidad de los servidores públicos de la Procuraduría General con motivo de los allanamientos y recomendaciones derivadas de las Comisiones Estatal y Nacional de los Derechos Humanos; XVIII. Requerir de las áreas competentes, los informes de evaluación del sistema de registro y control de las víctimas de delitos y sus familiares, así como precisar los criterios para su consulta y uso; XIX. Determinar políticas sobre la asesoría y orientación que se proporcione a las víctimas y ofendidos por la comisión de un delito, para que, con apego a la normatividad aplicable, soliciten ante las instancias competentes, la reparación de los daños y perjuicios; XX. Canalizar a la Unidad responsable de la evaluación de la problemática que presenta cada víctima u ofendido e imputado por la comisión de delitos, sobre su atención médica, psicológica, y de trabajo social, tutelar, preventiva, y en su caso, turnarla a otras dependencias u organismos públicos y privados, que le permitan resarcir el daño que se causó; XXI. Informar ante las instancias institucionales correspondientes los asuntos de alto impacto; XXII. Informar en los medios de comunicación, los datos de personas reportadas como desaparecidas con el objeto de que la población pueda contribuir a cualquier tipo de información al respecto, y XXIII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 43070 | Coordinación Administrativa | 2017 | 43009 | |
Centro de Justicia para las Mujeres | Dirección del Centro de Justicia para las Mujeres | Director del Centro de Justicia para las Mujeres | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Establecer e implantar una política persecutoria e indagatoria del delito, orientada a la prevención y sanción efectiva de la violencia contra las mujeres; II. Precisar acciones para detectar las necesidades de capacitación, difusión y fomento en los servidores públicos, de la cultura de los Derechos Humanos, así como atender con apego a la normatividad aplicable, las quejas que presente la ciudadanía o las que se deriven de visitas de inspección; III. Aplicar las políticas y criterios que dicte el Procurador General, en lo referente a la promoción y difusión de acciones de prevención del delito y los servicios que proporciona la Institución a la sociedad; IV. Intervenir dentro del ámbito de su competencia, en el ejercicio de las facultades que, en su carácter de agente del Ministerio Público, en apoyo a víctimas del delito y coordinar la reparación de los daños y perjuicios; V. Elaborar los dictámenes técnicos sobre violaciones a los Derechos Humanos en las actuaciones ministeriales e informar sobre las observaciones y sugerencias para que se solventen a la brevedad; VI. Integrar los informes de evaluación del sistema de registro y control de las víctimas de delitos y sus familiares, así como precisar los criterios para su consulta y uso; VII. Coordinar los cursos de capacitación que requiera el personal a través del Centro de Capacitación Ministerial; VIII. Aplicar las políticas sobre la asesoría y orientación que se proporcione a las víctimas y ofendidos por la comisión de delitos; IX. Difundir entre su personal las leyes y tratados nacionales e internacionales que protegen los Derechos Humanos, que promuevan su debido respeto en toda actuación ministerial, policial y pericial; X. Participar con otras instituciones y organismos públicos y privados, en foros nacionales,estatales sobre Derechos Humanos, atención a víctimas y prevención del delito, en las que sea invitado, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos | Titular de la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos | Titular de la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos | DIRG | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar y supervisar las actividades sobre la protección de los Derechos Humanos, seguimiento de recomendaciones con el propósito de determinar con la oportunidad debida, las medidas correctivas y/o preventivas que procedan; II. Elaborar los informes sobre los casos de responsabilidad penal o administrativa, para que se integre la carpeta de investigación e imputación respectiva por actos violatorios de los Derechos Humanos cometidas por los servidores públicos e informar con la oportunidad debida, a la Visitaduría General; III. Iniciar los casos de probable responsabilidad de los servidores públicos de la Procuraduría General con motivo de las propuestas de allanamientos y recomendaciones derivadas de las Comisiones Estatal y Nacional de los Derechos Humanos; IV. Elaborar los dictámenes técnicos sobre violaciones a los Derechos Humanos en las actuaciones ministeriales e informar sobre las observaciones y sugerencias para que se solventen a la brevedad; V. Aplicar los lineamientos y políticas de colaboración en las investigaciones, resoluciones y seguimiento de las quejas que presente la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos, en contra de los servidores públicos; VI. Aplicar los lineamientos y políticas de colaboración en las investigaciones, resoluciones y seguimiento de las quejas que presente la Comisión Nacional y Estatal de los Derechos Humanos, así como disponer las facilidades necesarias para las visitas de inspección a las áreas sustantivas y lugares de detención de reos, que requieran realizar sus representantes, y VII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Agencias del Ministerio Público Especializada en la Búsqueda de Personas Desaparecidas | Agencias del Ministerio Público Especializada en la Búsqueda de Personas Desaparecidas | Agente del Ministerio Público Especializada en la Búsqueda de Personas Desaparecidas | AMP | Servidor Público de Confianza | Subprocuraduría de Derechos Humanos y Atención a Víctimas | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar la recepción y atención de víctimas indirectas de personas no localizadas; II. Coordinar la atención de reportes de ausentes, extraviados y/o no localizados; III. Coordinar con las dependencias de seguridad pública del Estado y Municipios para la búsqueda de personas; IV. Establecer vínculos de comunicación con el personal del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses, para la identificación de personas no identificadas, así como con las Unidades de Investigación de homicidio; V. Difundir en los medios de comunicación local, así como en la página web de la Procuraduría, las fichas de identificación de las personas no localizadas; VI. Organizar y dar trámite a las colaboraciones de las Procuradurías y Fiscalías del país, sobre la búsqueda de personas no localizadas, solicitando a todo el país en los mismos términos; VII. Autorizar la activación de la alerta Amber, a nivel regional, nacional e internacional por la no localización de menores de edad en riesgo; VIII. Actualizar las bases de datos estatal y nacional (Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia de la Procuraduría General de la República), de personas no localizadas, y IX. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales | Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales | Fiscal Especial en Atención de Delitos Electorales | SUB | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar, y supervisar la investigación, tendientes a la comprobación de un hecho que la ley general en materia de delitos electorales señale como delitos, y acreditar la probable responsabilidad de quien lo cometió o participó en su comisión, y lograr la imposición de la sanción y la reparación del daño; II. Coordinar a los Agentes del Ministerio Público adscritos a las unidades especializadas en investigación mixta de los distritos judiciales durante los procesos electorales federales y estatales, en la investigación de hechos que la Ley General en materia de delitos electores señala como delito; III. Dictar, en su caso, la orden de detención o retención de los probables responsables de delitos electorales en términos de lo previsto por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; IV. Solicitar y coordinar las medidas necesarias de protección a las víctimas, ofendidos o testigos del delito; V. Ordenar que se efectúe de manera inmediata el aseguramiento de bienes y objetos del delito y coordinar su resguardo en el cuarto de evidencias observando la normatividad aplicable y protocolos para su preservación y procesamiento; VI Promover la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversia o formas anticipadas de terminación del proceso penal, de conformidad con las disposiciones aplicables, en materia electoral; VII. Emitir las determinaciones de archivo temporal, abstención de investigación y no ejercicios de la acción penal, para la conclusión de una investigación; VIII. Plantear las incompetencias correspondientes a otras autoridades para que éstas continúen con la investigación; IX. Intervenir ante el Juez en las audiencias de, control de detención, formulación de imputación, vinculación a proceso, intermedia, de juicio oral y de ejecución de sentencias a fin de obtener una solución de controversia; X. Interponer los recursos previstos en la Ley ante las autoridades de segunda instancia a efecto de garantizar los derechos de la víctima u ofendido; XI. Intervenir en los juicios de amparo o de cualquier otro procedimiento; en aras de la procuración de justicia; XII. Establecer mecanismos de coordinación y de interrelación, tanto con otras áreas de la Procuraduría General como con autoridades estatales y municipales, para el óptimo cumplimiento de las atribuciones que se le confieren; XIII. Proponer al Procurador General acciones y medidas preventivas contra la comisión de delitos electorales que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral; XIV. Planear la difusión de las disposiciones normativas que sustentan la toma de decisiones por la Fiscalía que coadyuven en la prevención de delitos electorales; XV. Emitir informes de las denuncias que se reciban. el estado procesal que guardan y presentarlo al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, derivado del proceso electoral local y de periodos de interproceso; XVI. Determinar la organización y funcionamiento de la Fiscalía y coordinar el desarrollo y cumplimiento de las funciones, y XVII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Direccción del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Director del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | DIRG | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Aplicar las normas, lineamientos, protocolos y procesos técnicos bajo los cuales deban desarrollarse los estudios periciales; II. Garantizar el control del sistema de seguridad y protección del personal del Instituto, sus equipos, instalaciones y sistemas de los laboratorios a su cargo; III. Desarrollar programas de actualización técnica al personal adscrito en el manejo, operación y uso de instrumental pericial; IV. Emitir los dictámenes solicitados, a los efectos de auxiliar eficazmente al Ministerio Público y al órgano jurisdiccional correspondiente; V. Coordinar al personal para el levantamiento y traslado de indicios conforme a las disposiciones aplicables; VI. Instruir al personal de las unidades administrativas en los aspectos técnicos y operativos; VII. Comparecer ante el órgano jurisdiccional para emitir opinión técnica; VIII. Vigilar que los peritos de cualquier especialidad profesional o técnica emitan los dictámenes y comparecer ante el órgano jurisdiccional aún y cuando estén separados de su cargo; IX. La emisión de los dictámenes periciales se realizarán en un tiempo razonable, de acuerdo a la complejidad del caso, sin perjuicio de la imposición de medios de apremio que establece el Código Nacional; X. Coadyuvar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual; XI. El Director General del Instituto será suplido durante sus ausencias o faltas temporales por el Subdirector, y XII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Subdirección del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Subdirección del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Subdirector del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | SDIR | Servidor Público de Confianza | Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar a los Jefes de Departamento de Química Genética Forense, Medicina Legal, Criminalística, y de Identificación; II. Auxiliar al Ministerio Público en la elaboración o, en su caso validación de los dictámenes periciales forenses; III. Solicitar los insumos químicos y consumibles de las áreas del Instituto, y IV. Colaborar con el soporte técnico en las licitaciones de equipos y reactivos adquiridos para el instituto zacatecano de ciencias forenses. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Químicas Genética Forense | Jefe de Departamento de Química Genética Forense | Jefe de Departamento de Química Genética Forense | JDTO | Servidor Público de Confianza | Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar al personal de guardia y apoyo de las áreas de química y genética con respecto a peritajes en campo y laboratorio; II. Organizar al personal para las actividades a realizar en los laboratorios como peritajes, oficios, rol de actividades, entre otros; III. Supervisar los peritajes en campo, las actividades dentro del laboratorio como registros de trabajo, mantenimiento de equipos, existencia de material y reactivos; IV. Revisar dictámenes en cuanto a claves de muestra, a quien corresponden, resultados, conclusiones, entre otros; V. Evaluar el desempeño del personal tanto en campo como de laboratorio, así como el desarrollo de conocimientos en cuanto a las tareas; VI. Elaborar requisiciones de material, reactivos y equipos necesarios para las áreas; VII. Realizar peritajes en campo y laboratorio y realizar dictámenes de los mismos; VIII. Desarrollar propuestas para la mejora continua de los laboratorios; IX. Orientar en la investigación y análisis de indicios o evidencias; X. Apoyar al personal en los análisis, procesos y dictaminación, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Médicina Legal | Jefe de Departamento de Médicina Legal | Jefe de Departamento de Médicina Legal | JDTO | Servidor Público de Confianza | Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Administrar y coordinar las actividades del personal bajo su cargo para el logro de los objetivos del área; II. Asignar al personal bajo su cargo, las solicitudes de dictamen e información técnica y científica emitidas por el Ministerio Público, autoridades de la Procuraduría General u otras autoridades judiciales para que sean atendidos en tiempo y forma; III. Notificar al personal los criterios y lineamientos establecidos a los cuales deben apegarse, la presentación y formulación de los dictámenes e informes relacionados con el área forense correspondiente, y IV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Criminalística | Jefe del Departamento de Criminalística | Jefe del Departamento de Criminalística | JDTO | Servidor Público de Confianza | Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar las guardias operativas del personal de las áreas forenses de las que consta el departamento, que permitan cubrir oportunamente el servicio que se presta; II. Organizar al personal operativo de la capital como del distrito de Fresnillo con el fin de cubrir los eventos relacionados con las áreas específicas; III. Supervisar los trabajos operativos y resultados de campo; IV. Supervisar la productividad y calidad de los dictámenes emitidos por las especialidades que integran el departamento; V. Remitir información de primera mano y al momento al Director o Subdirector del Instituto, de los eventos de muertes violentas, y VI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Departamento de Identificación | Jefe del Departemento de Identificación | Jefe del Departemento de Identificación | JDTO | Servidor Público de Confianza | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Coordinar guardias operativas y Organizar personal operativo con el fin de cubrir los eventos relacionados con las áreas específicas; II. Atender las peticiones de estudios de identificación que le realice la autoridad ministerial, jurisdiccional, entre otros, apoyándose en áreas de antropología, odontología, dactiloscopia y fotografía, como ciencias auxiliares; III. Supervisar los trabajos operativos y resultados en campo; IV. Evaluar los procedimientos de campo y la estructura del dictamen; V. Participar en juicios en que sean requeridos; VI. Establecer una estación de trabajo integral de registro de Huellas Dactilares, conectado al Sistema Nacional de Seguridad Pública, y VII. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | ||
Policía Ministerial | Director de la Policía Ministerial | Director de la Policía Ministerial | DIRG | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Acordar con el Procurador General, los asuntos del área; II. Despachar la ejecución de los mandamientos ministeriales y jurisdiccionales; III. Vigilar y supervisar que las personas detenidas sean puestas a disposición de las autoridades ordenadoras dentro del término constitucional que mandata la ley; IV. Autorizar y firmar la salida de las personas a las cuales no les resulten responsabilidades en hechos que se investiguen, y que no sean consignadas a las autoridades competentes, previa determinación del Ministerio Público; V. Desempeñar y dar cumplimiento a las comisiones que le sean conferidas por la superioridad Gobernador y/o Procurador General; VI. Supervisar e intervenir en las investigaciones y aprehensiones cuando así se requiera o lo ordene la superioridad; VII. Rendir al Procurador General, un informe estadístico mensual, respecto de las actividades realizadas, tanto en operativos como en trabajo entregado respecto a investigaciones y aprehensiones, así como en estadísticas delictivas dentro del Estado; VIII. Calificar la gravedad por incumplimiento de las obligaciones del personal y resolver sobre la imposición de correctivos disciplinarios que se establecerán en boletas de arresto; IX. Supervisar el control de armamento, municiones y equipo antimotín, y X. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Subdirección Operativa | Subdirección Operativa | Subdirección Operativa | SDIR | Servidor Público de Confianza | Policía Ministerial | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Representar al Director General en sus ausencias temporales; II. Auxiliar al Director General en la tramitación y resolución de los asuntos de su competencia; III. Supervisar a los comandantes sus informes estadísticos quincenales y el cumplimiento de los servicios ordenados por la superioridad; IV. Vigilar la puntual asistencia de los subalternos a sus labores y distribuir el trabajo entre ellos; V. Recabar diariamente los acuerdos del Director General; VI. Preparar los acuerdos de su competencia para que previo conocimiento del Director General sean autorizados; VII. Cuidar y supervisar que el personal mantenga la disciplina y el orden dentro de la corporación; VIII. Autorizar y firmar la entrada y salida de detenidos en ausencia del Director General; IX. Signar la correspondencia oficial de su competencia o la que le sea ordenada; X. Desempeñar las comisiones que le confiera el Director General, de acuerdo con la superioridad, y XI. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Enlace Administrativo | Enlace Administrativo | Enlace Administrativo | DIRG | Servidor Público de Confianza | Policía Ministerial | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Administrar, en coordinación con los lineamientos que la Coordinación Administrativa, emita de los recursos financieros, humanos y materiales que otorga la Procuraduría General, para el buen funcionamiento de la corporación; II. Ejercer y vigilar que el personal administrativo cumpla con el seguimiento de los controles de inventarios, de almacén, del parque vehicular, de mobiliario y equipo, de radiocomunicaciones, así como del área de mantenimiento y del taller mecánico; III. Coordinar la capacitación del personal para su acreditación, acorde a los lineamientos del Sistema Estatal de Seguridad Pública con la Subprocuraduría de Control, Centro de Justicia Alternativa y Capacitación; IV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 | |
Delegaciones Regionales | Delegado Regional | Delegado Regional | DIRG | Servidor Público de Confianza | Procuraduría General de Justcia del Estado | Manual de Organización de la PGJEZ | Manual de Organización de la PGJEZ | I. Recibir, a través de las agencias del Ministerio Público y de las unidades especializadas de investigación de delitos, las denuncias y querellas por hechos que el Código Penal señale como delito; II. Supervisar que las agencias del Ministerio Público y las unidades especializadas de investigación de delitos, integren sus averiguaciones previas y carpetas de investigación bajo los principios que rigen la actuación del Ministerio Público; III. Supervisar el buen desempeño de los titulares de las unidades especializadas de investigación, en las audiencias de control de detención, formulación de imputación, vinculación a proceso, intermedias, de juicio oral y de ejecución de sentencias; IV. Supervisar que la aplicación de criterios de oportunidad, acuerdos reparatorios, suspensión condicional de procesos y procedimientos abreviados, se ajusten a las disposiciones establecidas en el Código Nacional, los lineamientos emitidos por el Procurador General y demás disposiciones aplicables; V. Dar seguimiento, a través de la Coordinación de Apelaciones y Amparos, a los recursos y juicios de amparos contra los actos que causen agravio a las víctimas u ofendidos representados por el Ministerio Público; VI. Integrar la información que solicite la coordinación administrativa para realizar el anteproyecto de presupuesto de las unidades administrativas a su cargo y responsabilidad; VII. Orientar, a través de los módulos distritales de atención temprana, a los ciudadanos que requieran los servicios públicos que presta la Procuraduría General; VIII. Procurar, a través de los centros distritales de justicia alternativa, la solución de controversias surgidas por hechos que el Código Penal señale como delito, a través de conciliaciones, mediaciones y procedimientos restaurativos; IX. Orientar clara y detalladamente, a través de los centros distritales de justicia alternativa, las bondades y consecuencias jurídicas que tienen los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal; X. Propiciar, a través de los centros distritales de justicia alternativa, el diálogo para la solución de las controversias que surjan entre particulares por hechos que el Código Penal señala como delitos, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad; XI. Substanciar, a través de los centros distritales de justicia alternativa, los mecanismos de solución de controversias en materia penal, observando los principios, bases, requisitos y condiciones previstos en el artículo 17 de la Constitución Federal y la Ley Nacional; XII. Supervisar que los acuerdos reparatorios celebrados ante los centros distritales de justicia alternativa se apeguen a las disposiciones que establece la Ley Nacional; XIII. Dar vista a la Unidad de Asuntos Internos y Derechos Humanos, cuando así proceda, sobre acciones u omisiones de los servidores públicos de la Delegación que puedan ser constitutivos de responsabilidad administrativa, y XIV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y administrativas aplicables. | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/yer9f1LcpOCpitP | Esta información no es competencia de esta Dependencía | http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/6mPFxmbTrcFVCxy | Esta información no es competencia de esta Dependencía | 01/12/2017 | Coordinación Administrativa | 2017 | 01/10/2017 |
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- Fecha Publicación: 28 enero, 2022 Fecha de actualización: 28 enero, 2022
- Fecha Publicación: 21 enero, 2022 Fecha de actualización: 21 enero, 2022
- Fecha Publicación: 21 enero, 2022 Fecha de actualización: 21 enero, 2022
- Fecha Publicación: 21 enero, 2022 Fecha de actualización: 21 enero, 2022
- Fecha Publicación: 21 enero, 2022 Fecha de actualización: 21 enero, 2022