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DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial
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Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

9 noviembre, 2017

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

16 noviembre, 2017

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Coordinación Administrativa.David Alejandro Juarez Caldera

 

Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de

POR: Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial


De: Artículo 39 / Fracción II

La fracción refiere a: Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables


Descripción:

Se anexa información correspondiente al Tercer Trimestre del 2017


Denominación del áreaDenominación del puestoDenominación del cargoClave o Nivel del puestoTipo de IntegranteÁrea de adscripciónDenominación del la normaFundamento LegalAtribuciones, Responsabilidades o FuncionesHipevínculo al perfilPrestadores de servicios u otro miembroHipervínculo al OrganigramaLeyenda respecto a prestador de serviciosFecha de validaciónÁrea responsable de la informaciónAñoFecha de actualizaciónNota
servidor publico de confianzaSECRETARIOSECRETARIOS2FuncionarioSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 3,4,10 ARTICULO 3.La Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial, tiene como finalidad la promoción, realización y ejecución de acciones encaminadas a la ordenación del territorio, la planeación, regulación y administración del desarrollo urbano, acciones de vivienda, regularización de la tenencia de la tierra; y la promoción, constitución y adquisición de reservas territoriales. Articulo 4.Para efecto de este Reglamento se entenderá por: VIII.Quien ostente la Titularidad de la Secretaría; Artículo 10. Son facultades y funciones del Secretario, además de las indicadas en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, las siguientes: I. Diseñar, definir y ejecutar los planes, programas y acciones de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, planeación regional, metropolitana, de conurbaciones, de centros de población, colonias y barrios, investigación del urbanismo y vivienda, sistemas de inteligencia territorial, movilidad urbana, transporte público, diseño universal, atención al mejoramiento, ampliación y construcción de vivienda, conformación de reserva territorial y regularización de la tenencia de la tierra, en estricto apego a la legislación vigente y los lineamientos que al efecto emita el Gobernador; II. Someter al acuerdo del Gobernador los asuntos encomendados a la Secretaría; III. Realizar las encomiendas y actividades que el Gobernador le confiera y mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas; IV. Proponer al Gobernador, a través de la Coordinación Estatal de Planeación, las políticas en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y regularización de la tenencia de la tierra en el Estado; V. Proponer al Gobernador, los proyectos de ley, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos administrativos y demás disposiciones que sean competencia de la Secretaría; VI. Conducir las políticas a través de planes y programas en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y regularización de la tenencia de la tierra;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17
servidor publico de confianzaSECRETARIA TECNICASECRETARIO TECNICODIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 8 Art 8. Para la atención de asuntos que competen a quien ostente la Titularidad de la Secretaría, contará con la adscripción directa para el estudio, planeación y despacho de las siguientes Unidades Administrativas de Apoyo: Fracción I. Secretarío Técnica;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANOENCARGADA DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANOSUBSFuncionarioSunsecretaria de Desarrollo UrbanoReglamento internoArticulo 14Artículo 14. Cada Subsecretaría contará y se auxiliará de los servidores públicos que se señalen en el presente Reglamento, en el Manual de Organización respectivo y en las disposiciones jurídicas aplicables, así como por aquellos que las necesidades del servicio requieran y se autoricen conforme su presupuesto. Las funciones generales de las Subsecretarías son: I. Dirigir, planear, programar, coordinar, controlar, evaluar el funcionamiento de las Unidades Administrativas de su adscripción; estableciendo las medidas necesarias para su mejor desempeño; II. Participar en la formulación, ejecución, evaluación y control de las acciones y programas de competencia de la Secretaría, especiales y programa operativo anual y elaborar los indicadores correspondientes de seguimiento y evaluación; III. Acordar con el Secretario los asuntos relevantes encomendados e informar el estado de los mismos de cada una de sus Unidades Administrativas; IV. Fomentar la desconcentración y descentralización de funciones, la simplificación y desarrollo administrativo para el mejor funcionamiento de las Subsecretarías; V. Establecer los lineamientos, operación y procedimientos que rijan las Unidades Administrativas adscritas y apoyar la delegación de facultades; VI. Someter a la aprobación del Secretario, estudios, proyectos, programas, planes y acuerdos internos que se requieran;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE ORDENAMIENTO TERRITORIALENCARGADA DE ORDENAMIENTO TERRITORIALDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 17Artículo 17. Corresponde a la Dirección de Ordenamiento Territorial. I. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de las acciones y programas de ordenamiento territorial, regional y especiales de su competencia, así como en la elaboración de los indicadores respectivos; II. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de atlas de riesgos y atlas de peligros, así como estudios especiales de asentamientos humanos para evaluar su protección o reubicación, en coordinación con las instancias de protección civil del Estado y municipios; III. Proponer la armonización y cohesión territorial que contribuyan al adecuado crecimiento y desarrollo equitativo de los asentamientos humanos; IV. Coordinar con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y sociales, la prevención de riesgos en asentamientos humanos; V. Desarrollar estudios prospectivos, diseño de escenarios en materia de ordenamiento territorial y actividades productivas; VI. Elaborar instrumentos de ordenamiento territorial estatal, regional, subregional, meso regional, municipal, local y puntual que incluya todas las acciones sobre el territorio con una visión a corto, mediano y largo plazo;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE ADMINISTRACION URBANAENCARGADO DE ADMINISTRACION URBANAJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 19Artículo 19. Corresponde a la Dirección de Administración Urbana: I. Coordinarse con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y social, orientado al ordenamiento territorial, la modernización catastral y el Registro Público de la Propiedad; II. Asesorar a los Gobiernos municipales cuando estos así lo convengan en el desarrollo de las capacidades para la gestión y administración del territorio; III. Proponer y participar en la asignación y desincorporación de inmuebles del patrimonio inmobiliario; IV. Proponer las adquisiciones de reserva territorial para el desarrollo urbano, patrimonio natural y dotación de equipamiento e infraestructura; V. Coadyuvar con las autoridades competentes para evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en áreas no previstas o no aptas para su ocupación; VI. Apoyar técnicamente las propuestas de afectación y expropiación de bienes inmuebles, coadyuvando con la Coordinación General Jurídica en la integración del expediente técnico; VII. Coadyuvar con las autoridades competentes en materia de la regularización de la tenencia de la tierra en apego a los ordenamientos urbanos; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Administración en el inventario de la reserva territorial; IX. Analizar los expedientes presentados a los Ayuntamientos en materia de fraccionamientos urbanos y especiales para la emisión de opinión para su autorización; X. Supervisar los fraccionamientos habitacionales urbanos y especiales durante el proceso de obras de urbanización en coordinación con el Ayuntamiento; XI. Analizar y emitir Dictamen Técnico para la Municipalización de fraccionamientos en coordinación con el Ayuntamiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE MOVILIDAD URBANAENCARGADA DE MOVILIDAD URBANAJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 20Artículo 20. Corresponde a la Dirección de Movilidad Urbana: I. Ejecutar, dar seguimiento, evaluar, instrumentar y actualizar los instrumentos de planeación integrales de movilidad urbana sustentable en los centros de población, conurbaciones y zonas metropolitanas; II. Implementar, dar seguimiento y evaluar los proyectos de sistemas de transporte integrado; III. Coordinar con el ente responsable de tránsito y vialidad en materia de transporte público, semaforización y movilidad no motorizada; IV. Revisar, evaluar y emitir Dictamen de Impacto Vial; V. Establecer modelos de movilidad motorizada y no motorizada; VI. Elaborar la normatividad y proponer reformas de ley o reglamentos en la materia de movilidad en coordinación con las instancias responsables de la infraestructura, tránsito, vialidad y personas con discapacidad; VII. Vincular la distribución del transporte público con la ocupación del territorio; VIII. Identificar y desarrollar la interconexión vial, priorizando la movilidad no motorizada y el transporte público; IX. Participar en la formulación de instrumentos de planeación conforme al Sistema Nacional y Estatal de Planeación del Desarrollo, así como el Sistema de Planeación del Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano, con programas para la movilidad; X. Definir la política de planeación, programación, gestión, seguimiento, evaluación del programa operativo anual en materia de movilidad urbana; XI. Fomentar la creación y proponer diseños de redes de ciclovías;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DEL CENTRO DE INTELIGENCIA TERRITORIALENCARGADO DEL CENTRO DE INTELIGENCIA TERRITORIALJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 21Artículo 21. Corresponde a la Dirección del Centro de Inteligencia Territorial: I. Coordinar la integración, desarrollo, actualización, homologación y gestión de información para el ordenamiento de los asentamientos humanos; II. Desarrollar el sistema de información territorial y urbano del estado de Zacatecas, y atender las normas técnicas de geo-referenciación; III. Integrar el sistema de información con datos relativo a la propiedad rural y urbana, mediante un mosaico de identificación de la propiedad para coadyuvar en las acciones de la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra; IV. Integrar, procesar, generar, analizar y gestionar la información estratégica del territorio con bases de datos estadísticos, cartografía, estudios, informes y análisis para la adecuada planeación, ocupación y gestión del territorio en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y regularización de la tenencia de la tierra; V. Generar elementos de análisis del territorio y del medio urbano, que permita abordar soluciones estratégicas, mediante los componentes de análisis sistemático, normativo y procedimental; VI. Construir indicadores para medir la posición del territorio y la ciudad por ramas temáticas y de manera integral; VII. Implementar modelos de simulación integral de localización de actividades, usos de suelo y de transporte, que sirvan para el desarrollo de políticas de intervención; VIII. Diseño de análisis cuantitativo y cualitativo del fenómeno urbano; IX. Desarrollar nuevas herramientas de análisis territorial; X. Utilizar herramientas analíticas basadas en software libre, para generar modelos cuantitativos y sistemáticos; XI. Identificar las brechas del territorio mediante el proceso de contrastación con regiones, ciudades, localidades, colonias y barrios de similares condiciones de desarrollo socioeconómico; XII. Definir la norma para establecer metas para los diferentes indicadores; XIII. Proporcionar información para que las áreas responsables de intervenir el territorio, tengan elementos para el diseño de un plan de acción;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBSECRETARIA DE VIVIENDAENCARGADO DE LA SUBSECRETARIA DE VIVIENDADIR AFuncionarioSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 22Artículo 22. Corresponde a la Subsecretaría de Vivienda las siguientes: I. Planear, diseñar, promover, gestionar y ejecutar mecanismos de financiamiento, subsidios, ayuda social y estímulos de vivienda con visión a corto, mediano y largo plazo, con la participación de los tres órdenes de gobierno, instituciones de crédito, grupos sociales y privados y organismos internacionales; II. Gestionar, promover, incentivar y ejecutar la diversidad y acceso a la vivienda y rescate de espacios públicos de calidad haciendo énfasis en la población vulnerable; III. Ejecutar la política de vivienda articulada al desarrollo urbano, conforme a la planeación urbana y territorial; IV. Participar en la formulación de los programas sectoriales de vivienda, en coordinación con la planeación territorial que lleve a cabo la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial; V. Coordinarse con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en materia de adquisición de reserva territorial y escrituración; VI. Diseñar proyectos de vivienda de impacto y complemento a la infraestructura pública y proponer acciones inducidas a la sustentabilidad mediante la inclusión de eco tecnologías; VII. Autorizar modificaciones a los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda, conforme a los lineamientos aplicables; VIII. Autorizar las obras de infraestructura básica en los programas de vivienda; IX. Adquirir, constituir, controlar y realizar gestiones en materia de reserva territorial y de acuerdo a los programas de desarrollo urbano de centros de población; X. Identificar y gestionar la adquisición de reservas territoriales para la vivienda y lotes con servicios para el adecuado desarrollo de los centros de población;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAENCARGADO DE COSNTRUCCIÓN DE VIVIENDASDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano; VIII. Constituir reserva territorial patrimonial para la atención de vivienda y predios urbanos; IX. Llevar el control de la reserva territorial adquirida para vivienda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAENCARGADO DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDASDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 25Artículo 25. Corresponde a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: I. Implementar los programas de mejoramiento de vivienda en las zonas urbanas y rurales por autoconstrucción; II. Asegurar el adecuado funcionamiento del área de atención al público y brindar asesoría e información necesaria acerca de los créditos y subsidios para el mejoramiento de vivienda; III. Brindar atención y asesoría a grupos que demanden créditos, subsidios y apoyos sociales para mejoramiento y autoconstrucción de vivienda; IV. Fomentar la investigación en materia de mejoramiento de vivienda, incorporando diseño universal, eco tecnologías y nuevos materiales; V. Promover y operar bancos de producción y distribución de materiales de construcción para la vivienda; VI. Controlar los inventarios de materiales para construcción ejercidos por la Dirección; VII. Expedir vales correspondientes a los programas de mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; VIII. Implementar programas de créditos de materiales para mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; IX. Coadyuvar en los procesos de contratación de obra y adquisición de bienes y servicios, relacionados con la vivienda; X. Tener el control de los expedientes unitarios de los beneficiarios de los programas de vivienda por autoconstrucción;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE PROGRAMAS DE VIVIENDA CONVENIDOS Y ECO TECNOLOGIAENCARGADO DE PROGRAMAS DE VIVIENDA CONVENIDOS Y ECO TECNOLOGIASJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 26Artículo 26. Dirección de Programas de Vivienda Convenidos y de Eco tecnologías: I. Dignificar la vivienda social a través de soluciones habitacionales que vayan acordes a las necesidades que dicta la población y que estén vinculadas al mejoramiento de su calidad de vida familiar, mediante el establecimiento de esquemas integrales de apoyo a la autoproducción de vivienda y al mejoramiento y ampliación de las viviendas para cada zona en el ámbito urbano y rural, poniendo énfasis en las zonas de atención prioritarias, localidades de alta y muy alta marginación y las de rezago social; II. Formular los programas de acuerdo a las políticas establecidas en el Plan Estatal y Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, entidades públicas, iniciativa privada y organizaciones sociales a fin de dignificar y mejorar la vivienda de los grupos vulnerables; III. Fortalecer proyectos de financiamiento para el otorgamiento de créditos y subsidios a grupos vulnerables, para el mejoramiento de la vivienda, con apoyo a las familias con asistencia técnica, supervisión y precios competitivos de materiales; IV. Proponer al Subsecretario la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la federación, municipios y entidades públicas y sociales tendientes a la auto construcción y al mejoramiento de la vivienda tanto rural como urbana, para la población; V. Fomentar la participación de la comunidad en acciones de autoconstrucción, y en general, en la realización de obras y acciones de vivienda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBSECRETARIO DE REGULACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRAENCARGADO DE LA SUBSECRETARIA DE REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRASDIR AFuncionarioSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 27Artículo 27. Las funciones de la Subsecretaría de Regularización de Tenencia de la Tierra son las siguientes: I. Elaborar programas, proyectos y acciones en materia de regularización de fraccionamientos urbanos y rurales conforme al marco legal que corresponda; II. Establecer mecanismos que regulen la propiedad de asentamientos humanos establecidos y la función social de la propiedad; III. Incorporación de la propiedad rural al ordenamiento del territorio y el desarrollo regional buscando no impactar la vocación natural del suelo; IV. Formular los lineamientos para la ejecución de programas, realización de trabajos técnicos y jurídicos para la regularización y certeza de la propiedad; V. Coadyuvar con otras instancias para definir la delimitación, densidad, regularización, registro y certificación de la propiedad y la titulación de derechos; VI. Coordinarse con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial para establecer los criterios y procedimientos para la incorporación de la propiedad de origen rural al desarrollo regional y urbano cuando así proceda conforme al marco legal en la materia; VII. Apoyar en la promoción de expropiaciones por causas de utilidad pública en coordinación con las instancias que correspondan; VIII. Coadyuvar con la federación en la consolidación de la propiedad rural, mediante la compactación de predios y parcelas; IX. Definir la vocación de la tierra para permitir la adecuada ocupación en coordinación con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, eliminando la especulación y atendiendo los programas de desarrollo urbano que correspondan; X. Coordinar acciones de escrituración de reservas territoriales y vivienda, con la Subsecretaría de Vivienda; XI. Analizar y aplicar las disposiciones legales de la propiedad ejidal y comunal, así como los fenómenos propios de ejidos, comunidades y fraccionamientos rurales y urbanos, para la regularización de la propiedad y para el adecuado uso y aprovechamiento de los mismos; XII. Coordinar las actividades de la Secretaría con las dependencias y organismos auxiliares de los diferentes niveles de gobierno con relación a los temas inherentes a la regularización de lahttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS RURALESENCARGADO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS RURALESDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoAriculo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSENCARGADO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares; VII. Poner en conocimiento ante las autoridades correspondientes, la gestación y generación de nuevos asentamientos irregulares, para que éstas procedan conforme corresponda; VIII. Clasificar la información de la cartografía de los fraccionamientos sujetos al Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; IX. Elaborar y clasificar las memorias descriptivas de los fraccionamientos urbanos; X. Gestionar los trámites necesarios e integrar los expedientes técnicos para la autorización de los fraccionamientos irregulares por parte de las Ayuntamientos municipales; XI. Proporcionar la atención que requieran los beneficiarios y público en general de las diversas acciones que ejecute la Secretaría; XII. Llevar un registro de los espacios públicos y de los asentamientos humanos irregulares en el estado, para de acuerdo a sus características proponer lineamientos y criterios para la ejecución de acciones de regularización de la tenencia de la tierra, en beneficio de sus ocupantes;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE REVISION Y EXPEDICION DE TITULOS Y ESCRITURASENCARGADO DE REVISION Y EXPEDICION DE TITULOS Y ESCRITURASSDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 31Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Revisión, Expedición de Títulos y Escrituras: I. Capturar y validar los datos generales de los expedientes individuales de los posesionarios de los lotes, vinculando al número de manzana, lote y nombre del fraccionamiento, para conformar la base de datos del padrón de beneficiarios susceptibles de la regularización; II. Obtener los vértices que conforman los lotes objeto de la escrituración o titulación, para la elaboración de planos individuales a través de las memorias técnicas descriptivas de lotes; III. Procesar e imprimir escrituras, títulos, cédulas de registro y planos individuales; IV. Dar seguimiento al proceso de legalización de títulos y escrituras que se emitan; V. Vigilar el corrector resguardo de los expedientes individuales, escrituras y títulos, para mantener un debido control de estos documentos; VI. Coordinar la emisión, registro y control de los recibos de pago por concepto de escrituración y titulación; VII. Coordinar la logística necesaria, para llevar a buen fin los actos oficiales que se lleven a cabo, para la firma y entrega de los documentos traslativos de propiedad que elabore la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE ASUNTOS AGRARIOS Y TERRITORIALESENCARGADO DE LA DIRECCION DE ASUNTOS AGRARIOS Y TERRITORIALESDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 34Artículo 34. Los Directores y Coordinadores tendrán las atribuciones siguientes: I. Dirigir a través de procesos de planeación, programación, control, gestión, seguimiento y evaluación del funcionamiento y desempeño de las áreas de su adscripción; II. Acordar con su superior inmediato, la atención de asuntos relevantes de su competencia; III. Suscribir documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, por delegación o suplencia; IV. Atender los asuntos turnados, proporcionar la información y coordinarse con áreas adscritas a la misma Secretaría; V. Acatar las medidas administrativas y de simplificación para el mejor desempeño de la Unidad Administrativa y de Apoyo; VI. Formular resoluciones, dictamen, respuestas, opiniones, informes, reportes y aquellos que le sean solicitados; VII. Coadyuvar con el área administrativa en el manejo de recursos humanos, financieros y materiales a su cargo; VIII. Coordinarse con el área de planeación en la definición de planes, programas y acciones a integrar en el programa operativo anual y presupuesto anual, formular anteproyectos y programas presupuestales; IX. Establecer indicadores de monitoreo para el adecuado seguimiento y evaluación del área a su cargo; X. Participar en representación de su superior jerárquico o del Secretario cuando este lo defina en Comisiones, Consejos, Comités y otros, acorde a su área de competencia;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE GEODESIA Y TOPOGRAFIAENCARGADO DE GEODESIA Y TOPOGRAFIASDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 32Artículo 32. Corresponde a la Dirección de Geodesia y Topografía: I. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la certificación de lotes susceptibles de los programas de regularización; II. Certificar y realizar las acciones técnicas necesarias para obtener la regularización de la tenencia de la tierra; III. Establecer mecanismos de colaboración con los fraccionistas, para identificar los predios a regularizar; IV. Georreferenciar los polígonos sujetos de regularización en base a la red geodésica nacional activa; V. Conformar los dictámenes y estudios que se les requiera, para la certificación y cambio a dominio pleno, en materia de fraccionamientos rurales; VI. Integrar los expedientes individuales de los posesionarios y relacionarlos con los planos de lotificación; VII. Monumentar los vértices de la línea de control azimutal; VIII. Procesar la información recopilada de la línea de control azimutal; IX. Llevar el control del sistema de coordenadas de los vértices de control azimutal; X. Medir las grandes áreas como: perímetro del fraccionamiento, manchas urbanas, áreas parceladas, uso común y reservas de crecimiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECTOR JURIDICOENCARGADO DE LA DIRECCION JURIDICASDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 35Artículo 35. Corresponde a la Dirección Jurídica: I. Representar legalmente a la Secretaría, previo acuerdo del Secretario mediante el cual delegue la citada atribución; II. Atender, definir, establecer, dirigir, coadyuvar, asesorar jurídicamente a las Subsecretarías y demás Unidades Administrativas y de Apoyo, a través de enlaces específicos sobre temas de injerencia de cada una de ellas; III. Analizar y dar seguimiento y acompañamiento a cualquier resolución jurisdiccional y su forma de cumplimiento y atención por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; IV. Participar en la integración de los expedientes de servidores públicos que incurran en responsabilidad para solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes; V. Revisar y en su caso atender la solicitud del área administrativa, de los proyectos de resolución de los recursos de revisión que interpongan en contra de actos o resoluciones de las Unidades Administrativas; VI. Sustanciar los procedimientos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión de competencia, rescisión administrativa de contrato de obra, procedimiento de licitación y contratación de obra pública, en los que forme parte la Secretaría; VII. Vigilar que cada una de las Unidades Administrativas que integran la Secretaría, cumplan en el ámbito de su competencia, con las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, procedimientos y demás disposiciones relacionadas con los servicios y actividades de su competencia, tomando las medidas adecuadas para prevenir y corregir, en su caso, los procedimientos y garantizar la aplicación de las sanciones procedentes; VIII. Atender y presentar ante el Ministerio Público querellas y denuncias sobre los hechos ilícitos para salvaguardar los intereses de la Secretaría y atender los desistimientos;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDIRECCION DE GESTION SOCIALENCARGADA DE GESTION SOCIALTCServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 36Artículo 36. Corresponde a la Dirección de Gestión Social la competencia de los siguientes asuntos: I. Brindar asesoría e información necesaria acerca del crédito, al solicitante o grupo social debidamente constituido en asociación civil, canalizarlo al área que corresponda dándole seguimiento al asunto hasta su conclusión; II. Coordinar el adecuado funcionamiento del área de atención al público; III. Determinar la capacidad de endeudamiento, mediante la aplicación de un estudio socioeconómico a los demandantes de acciones de vivienda; IV. Controlar la programación, calendarización de visitas de seguimiento, reuniones y actividades de promoción; V. Atender y dar seguimiento a las indicaciones del Gobernador, a través de la atención ciudadana; VI. Captar y canalizar la demanda de regularización; VII. Levantar censos y recopilar documentación de colonos e integración de expedientes; VIII. Realizar notificaciones a colonos;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCOORDINACION ADMINISTRATIVACOORDINADOR ADMINISTRATIVODIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOSJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS Y CONTABILIDADENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS Y CONTABILIDADANE2Servidor público de baseSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE COBRANZAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE COBRANZAJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOSJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCOORDINACION DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIONENCARGADO DE TECNOLOGIAS DE INFORMACIONTCE1Servidor público de baseSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE TÉCNICOEBCARGADO DE MATENIMIENTO Y SOPORTE TÉCNICOTEC1Servidor público de baseSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE CONCILIACION DE CONFLICTOS SOCIALESENCARGADE DE CONCILIACION DE CONFLICTOS SOCIALESJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE URBANISMO SOCIAL Y POLIGONOS PRIORITARIOSENCARGADA DE URBANISMO SOCIAL Y POLIGONOS PRIORITARIOSTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 18Artículo 18. Corresponde a la Dirección de Desarrollo Urbano I. Proponer los instrumentos de política para el desarrollo urbano bajo un desarrollo sostenible y equilibrado de las zonas urbanas, conurbadas y metropolitanas; II. Promover ante las autoridades municipales la planificación del uso de suelo, la observancia y la adecuada conformación de la estructura urbana a través de la actualización de los programas de desarrollo urbano de centros de población y parciales que de ellos deriven; III. Asesorar y convenir con los municipios, en la actualización y ejecución de programas de desarrollo urbano; IV. Asesorar y ofrecer a las autoridades municipales capacitación técnica en materia de planeación del desarrollo urbano; V. Proponer las zonas aptas para constituir reservas de crecimiento urbano para la infraestructura, equipamiento urbano, obra pública y vivienda y gestionar la adquisición de las mismas y en el caso de la reserva de vivienda coordinarse con la Subsecretaría de Vivienda para la selección de las zonas adecuadas a ocupar; VI. Participar en el ordenamiento y regulación de zonas conurbadas interestatales e intermunicipales, la zona metropolitana, así como de los centros de población en coordinación con las autoridades municipales;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCONSULTOR LEGALCONSULTOR LEGALSDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 35Artículo 35. Corresponde a la Dirección Jurídica: I. Representar legalmente a la Secretaría, previo acuerdo del Secretario mediante el cual delegue la citada atribución; II. Atender, definir, establecer, dirigir, coadyuvar, asesorar jurídicamente a las Subsecretarías y demás Unidades Administrativas y de Apoyo, a través de enlaces específicos sobre temas de injerencia de cada una de ellas; III. Analizar y dar seguimiento y acompañamiento a cualquier resolución jurisdiccional y su forma de cumplimiento y atención por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; IV. Participar en la integración de los expedientes de servidores públicos que incurran en responsabilidad para solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes; V. Revisar y en su caso atender la solicitud del área administrativa, de los proyectos de resolución de los recursos de revisión que interpongan en contra de actos o resoluciones de las Unidades Administrativas; VI. Sustanciar los procedimientos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión de competencia, rescisión administrativa de contrato de obra, procedimiento de licitación y contratación de obra pública, en los que forme parte la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPERTAMENTO DE VINCULACION CON REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRAENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE VINCULACION CON REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRADIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 35Artículo 35. Corresponde a la Dirección Jurídica: I. Representar legalmente a la Secretaría, previo acuerdo del Secretario mediante el cual delegue la citada atribución; II. Atender, definir, establecer, dirigir, coadyuvar, asesorar jurídicamente a las Subsecretarías y demás Unidades Administrativas y de Apoyo, a través de enlaces específicos sobre temas de injerencia de cada una de ellas; III. Analizar y dar seguimiento y acompañamiento a cualquier resolución jurisdiccional y su forma de cumplimiento y atención por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; IV. Participar en la integración de los expedientes de servidores públicos que incurran en responsabilidad para solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes; V. Revisar y en su caso atender la solicitud del área administrativa, de los proyectos de resolución de los recursos de revisión que interpongan en contra de actos o resoluciones de las Unidades Administrativas; VI. Sustanciar los procedimientos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión de competencia, rescisión administrativa de contrato de obra, procedimiento de licitación y contratación de obra pública, en los que forme parte la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE VINCULACION CON VIVIENDAENCARGADO VINCULACION CON VIVIENDAJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 35Artículo 35. Corresponde a la Dirección Jurídica: I. Representar legalmente a la Secretaría, previo acuerdo del Secretario mediante el cual delegue la citada atribución; II. Atender, definir, establecer, dirigir, coadyuvar, asesorar jurídicamente a las Subsecretarías y demás Unidades Administrativas y de Apoyo, a través de enlaces específicos sobre temas de injerencia de cada una de ellas; III. Analizar y dar seguimiento y acompañamiento a cualquier resolución jurisdiccional y su forma de cumplimiento y atención por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; IV. Participar en la integración de los expedientes de servidores públicos que incurran en responsabilidad para solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes; V. Revisar y en su caso atender la solicitud del área administrativa, de los proyectos de resolución de los recursos de revisión que interpongan en contra de actos o resoluciones de las Unidades Administrativas; VI. Sustanciar los procedimientos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión de competencia, rescisión administrativa de contrato de obra, procedimiento de licitación y contratación de obra pública, en los que forme parte la Secretaría; VII. Vigilar que cada una de las Unidades Administrativas que integran la Secretaría, cumplan en el ámbito de su competencia, con las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, procedimientos y demás disposiciones relacionadas con los servicios y actividades de su competencia, tomando las medidas adecuadas para prevenir y corregir, en su caso, los procedimientos y garantizar la aplicación de las sanciones procedentes; VIII. Atender y presentar ante el Ministerio Público querellas y denuncias sobre los hechos ilícitos para salvaguardar los intereses de la Secretaría y atender los desistimientos; IX. Atender en coordinación con las Unidades Administrativas los requerimientos de resolución jurisdiccional, ejecutorias pronunciadas, incidentes de ejecución o de pago de daños y perjuicios, emitidos por autoridad jurisdiccional, que impliquen una condena de pago o cumplimiento sustituto, con recursos de la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE VINCULACION CON DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIALENCARGADO DE DE VINCULACION CON DESARROLLO URBANO Y ORDENAMIENTO TERRITORIALTCServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 35Artículo 35. Corresponde a la Dirección Jurídica: I. Representar legalmente a la Secretaría, previo acuerdo del Secretario mediante el cual delegue la citada atribución; II. Atender, definir, establecer, dirigir, coadyuvar, asesorar jurídicamente a las Subsecretarías y demás Unidades Administrativas y de Apoyo, a través de enlaces específicos sobre temas de injerencia de cada una de ellas; III. Analizar y dar seguimiento y acompañamiento a cualquier resolución jurisdiccional y su forma de cumplimiento y atención por parte de las Unidades Administrativas de la Secretaría; IV. Participar en la integración de los expedientes de servidores públicos que incurran en responsabilidad para solicitar la intervención de la Secretaría de la Función Pública y demás autoridades competentes; V. Revisar y en su caso atender la solicitud del área administrativa, de los proyectos de resolución de los recursos de revisión que interpongan en contra de actos o resoluciones de las Unidades Administrativas; VI. Sustanciar los procedimientos administrativos de inconformidad, nulidad, revocación, cancelación, reconsideración, revisión de competencia, rescisión administrativa de contrato de obra, procedimiento de licitación y contratación de obra pública, en los que forme parte la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE VINCULACION CON VIVIENDAENCARGADA DE GESTION CON VIVIENDAE4OtroSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 36Artículo 36. Corresponde a la Dirección de Gestión Social la competencia de los siguientes asuntos: I. Brindar asesoría e información necesaria acerca del crédito, al solicitante o grupo social debidamente constituido en asociación civil, canalizarlo al área que corresponda dándole seguimiento al asunto hasta su conclusión; II. Coordinar el adecuado funcionamiento del área de atención al público; III. Determinar la capacidad de endeudamiento, mediante la aplicación de un estudio socioeconómico a los demandantes de acciones de vivienda; IV. Controlar la programación, calendarización de visitas de seguimiento, reuniones y actividades de promoción; V. Atender y dar seguimiento a las indicaciones del Gobernador, a través de la atención ciudadana; VI. Captar y canalizar la demanda de regularización; VII. Levantar censos y recopilar documentación de colonos e integración de expedientes;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE GESTION CON REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRAENCARGADA DE GESTION CON REGULARIZACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRAANE1Servidor público de baseSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 36Artículo 36. Corresponde a la Dirección de Gestión Social la competencia de los siguientes asuntos: I. Brindar asesoría e información necesaria acerca del crédito, al solicitante o grupo social debidamente constituido en asociación civil, canalizarlo al área que corresponda dándole seguimiento al asunto hasta su conclusión; II. Coordinar el adecuado funcionamiento del área de atención al público; III. Determinar la capacidad de endeudamiento, mediante la aplicación de un estudio socioeconómico a los demandantes de acciones de vivienda; IV. Controlar la programación, calendarización de visitas de seguimiento, reuniones y actividades de promoción; V. Atender y dar seguimiento a las indicaciones del Gobernador, a través de la atención ciudadana; VI. Captar y canalizar la demanda de regularización; VII. Levantar censos y recopilar documentación de colonos e integración de expedientes;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE VINCULACION DE GEP-TOPO REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSENCARGADA DE VINCULACION DE GEP-TOPO REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSANE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 32Artículo 32. Corresponde a la Dirección de Geodesia y Topografía: I. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la certificación de lotes susceptibles de los programas de regularización; II. Certificar y realizar las acciones técnicas necesarias para obtener la regularización de la tenencia de la tierra; III. Establecer mecanismos de colaboración con los fraccionistas, para identificar los predios a regularizar; IV. Georreferenciar los polígonos sujetos de regularización en base a la red geodésica nacional activa; V. Conformar los dictámenes y estudios que se les requiera, para la certificación y cambio a dominio pleno, en materia de fraccionamientos rurales; VI. Integrar los expedientes individuales de los posesionarios y relacionarlos con los planos de lotificación; VII. Monumentar los vértices de la línea de control azimutal; VIII. Procesar la información recopilada de la línea de control azimutal; IX. Llevar el control del sistema de coordenadas de los vértices de control azimutal; X. Medir las grandes áreas como: perímetro del fraccionamiento, manchas urbanas, áreas parceladas, uso común y reservas de crecimiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE VINCULACION GEO-TOPO VIVIENDAENCARGADO DE VINCULACION GEO-TOPO VIVIENDAANAE-1OtroSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 32Artículo 32. Corresponde a la Dirección de Geodesia y Topografía: I. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la certificación de lotes susceptibles de los programas de regularización; II. Certificar y realizar las acciones técnicas necesarias para obtener la regularización de la tenencia de la tierra; III. Establecer mecanismos de colaboración con los fraccionistas, para identificar los predios a regularizar; IV. Georreferenciar los polígonos sujetos de regularización en base a la red geodésica nacional activa; V. Conformar los dictámenes y estudios que se les requiera, para la certificación y cambio a dominio pleno, en materia de fraccionamientos rurales; VI. Integrar los expedientes individuales de los posesionarios y relacionarlos con los planos de lotificación; VII. Monumentar los vértices de la línea de control azimutal; VIII. Procesar la información recopilada de la línea de control azimutal; IX. Llevar el control del sistema de coordenadas de los vértices de control azimutal; X. Medir las grandes áreas como: perímetro del fraccionamiento, manchas urbanas, áreas parceladas, uso común y reservas de crecimiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE VINCULACION GEO-TOPO REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS RURALESENCARGADO DE VINCULACION GEO-TOPO REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS RURALESJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 32Artículo 32. Corresponde a la Dirección de Geodesia y Topografía: I. Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades relacionadas con la certificación de lotes susceptibles de los programas de regularización; II. Certificar y realizar las acciones técnicas necesarias para obtener la regularización de la tenencia de la tierra; III. Establecer mecanismos de colaboración con los fraccionistas, para identificar los predios a regularizar; IV. Georreferenciar los polígonos sujetos de regularización en base a la red geodésica nacional activa; V. Conformar los dictámenes y estudios que se les requiera, para la certificación y cambio a dominio pleno, en materia de fraccionamientos rurales; VI. Integrar los expedientes individuales de los posesionarios y relacionarlos con los planos de lotificación; VII. Monumentar los vértices de la línea de control azimutal; VIII. Procesar la información recopilada de la línea de control azimutal;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE ESCRITURAS INDIVIDUALESENCARGADA DE ESCRITURAS INDIVIDUALESAE2Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 31Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Revisión, Expedición de Títulos y Escrituras: I. Capturar y validar los datos generales de los expedientes individuales de los posesionarios de los lotes, vinculando al número de manzana, lote y nombre del fraccionamiento, para conformar la base de datos del padrón de beneficiarios susceptibles de la regularización; II. Obtener los vértices que conforman los lotes objeto de la escrituración o titulación, para la elaboración de planos individuales a través de las memorias técnicas descriptivas de lotes; III. Procesar e imprimir escrituras, títulos, cédulas de registro y planos individuales; IV. Dar seguimiento al proceso de legalización de títulos y escrituras que se emitan; V. Vigilar el corrector resguardo de los expedientes individuales, escrituras y títulos, para mantener un debido control de estos documentos; VI. Coordinar la emisión, registro y control de los recibos de pago por concepto de escrituración y titulación; VII. Coordinar la logística necesaria, para llevar a buen fin los actos oficiales que se lleven a cabo, para la firma y entrega de los documentos traslativos de propiedad que elabore la Secretaría; VIII. Representar al Secretario en los actos oficiales en los que se les requiera de acuerdo a sus atribuciones;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PLANOS INDIVIDUALESENCARGADA DE PLANOS INDIVIDUALESANE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 31Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Revisión, Expedición de Títulos y Escrituras: I. Capturar y validar los datos generales de los expedientes individuales de los posesionarios de los lotes, vinculando al número de manzana, lote y nombre del fraccionamiento, para conformar la base de datos del padrón de beneficiarios susceptibles de la regularización; II. Obtener los vértices que conforman los lotes objeto de la escrituración o titulación, para la elaboración de planos individuales a través de las memorias técnicas descriptivas de lotes; III. Procesar e imprimir escrituras, títulos, cédulas de registro y planos individuales; IV. Dar seguimiento al proceso de legalización de títulos y escrituras que se emitan; V. Vigilar el corrector resguardo de los expedientes individuales, escrituras y títulos, para mantener un debido control de estos documentos; VI. Coordinar la emisión, registro y control de los recibos de pago por concepto de escrituración y titulación;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE PROTOCOLIZACIÓN Y CEDULAS REGISTRALESENCARGADA DE PROTOCOLIZACIÓN Y CEDULAS REGISTRALESTCServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 31Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Revisión, Expedición de Títulos y Escrituras: I. Capturar y validar los datos generales de los expedientes individuales de los posesionarios de los lotes, vinculando al número de manzana, lote y nombre del fraccionamiento, para conformar la base de datos del padrón de beneficiarios susceptibles de la regularización; II. Obtener los vértices que conforman los lotes objeto de la escrituración o titulación, para la elaboración de planos individuales a través de las memorias técnicas descriptivas de lotes; III. Procesar e imprimir escrituras, títulos, cédulas de registro y planos individuales; IV. Dar seguimiento al proceso de legalización de títulos y escrituras que se emitan; V. Vigilar el corrector resguardo de los expedientes individuales, escrituras y títulos, para mantener un debido control de estos documentos; VI. Coordinar la emisión, registro y control de los recibos de pago por concepto de escrituración y titulación; VII. Coordinar la logística necesaria, para llevar a buen fin los actos oficiales que se lleven a cabo, para la firma y entrega de los documentos traslativos de propiedad que elabore la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE CONTROL Y LEGALIZACION DE ESCRITURASENCARGADA DE CONTROL Y LEGALIZACION DE ESCRITURASANE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 31Artículo 31. Corresponde a la Dirección de Revisión, Expedición de Títulos y Escrituras: I. Capturar y validar los datos generales de los expedientes individuales de los posesionarios de los lotes, vinculando al número de manzana, lote y nombre del fraccionamiento, para conformar la base de datos del padrón de beneficiarios susceptibles de la regularización; II. Obtener los vértices que conforman los lotes objeto de la escrituración o titulación, para la elaboración de planos individuales a través de las memorias técnicas descriptivas de lotes; III. Procesar e imprimir escrituras, títulos, cédulas de registro y planos individuales; IV. Dar seguimiento al proceso de legalización de títulos y escrituras que se emitan; V. Vigilar el corrector resguardo de los expedientes individuales, escrituras y títulos, para mantener un debido control de estos documentos; VI. Coordinar la emisión, registro y control de los recibos de pago por concepto de escrituración y titulación; VII. Coordinar la logística necesaria, para llevar a buen fin los actos oficiales que se lleven a cabo, para la firma y entrega de los documentos traslativos de propiedad que elabore la Secretaría;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE LOTIFICACION Y MEMORIAS DESCRIPTIVASENCARGADO DE LOTIFICACION Y MEMORIAS DESCRIPTIVASTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE INGENIERÍASENCARGADO DE INGENIERÍASTCServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares; VII. Poner en conocimiento ante las autoridades correspondientes, la gestación y generación de nuevos asentamientos irregulares, para que éstas procedan conforme corresponda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE TRAMITOLOGÍA Y PROCESOS PARA FRACCIONAMIENTOS URBANOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE TRAMITOLOGÍA Y PROCESOS PARA FRACCIONAMIENTOS URBANOSTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares; VII. Poner en conocimiento ante las autoridades correspondientes, la gestación y generación de nuevos asentamientos irregulares, para que éstas procedan conforme corresponda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS IRREGULARES PENDIANTES (IZVS,COPROVI)ENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS IRREGULARES PENDIANTES (IZVS,COPROVI)TCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares; VII. Poner en conocimiento ante las autoridades correspondientes, la gestación y generación de nuevos asentamientos irregulares, para que éstas procedan conforme corresponda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE UNIDADES BASICAS DE VIVIENDAENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE UNIDADES BASICAS DE VIVIENDAANE1-2Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS PENDIANTES (ORETZA)ENCARGADA DELDEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE FRACCIONAMIENTOS PENDIANTES (ORETZA)TCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACION DE ESPACIOS PUBLICOS Y NUEVOS FRACCIONAMIENTOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE REGULARIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS Y NUEVOS FRACCIONAMIENTOSTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 30Artículo 30. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Urbanos; I. Proponer e implementar el Programa Integral de Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana, para la regularización de los asentamientos humanos irregulares; II. Elaborar el catálogo de bienes inmuebles en el ámbito urbano susceptibles de ser regularizados; III. Proponer e implementar el Programa Estratégico de Regularización de Espacios Públicos; IV. Administrar y regular los bienes propiedad del Estado en el que existan asentamientos humanos y sean susceptibles de regularización; V. Promover conjuntamente con la Dirección Jurídica todo tipo de contratos y convenios de colaboración o concertación con instancias federales, estatales y municipales necesarios para la implementación del Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; VI. Proponer y generar reuniones de carácter informativo con posesionarios de predios irregulares; VII. Poner en conocimiento ante las autoridades correspondientes, la gestación y generación de nuevos asentamientos irregulares, para que éstas procedan conforme corresponda; VIII. Clasificar la información de la cartografía de los fraccionamientos sujetos al Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra; funciones inherentes a la Dirección que le confieran el Secretario, Subsecretario de Regularización de la Tenencia de la Tierra y demás disposiciones legales.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE ACUERDOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE ACUERDOSJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO CONTENCIOSOENCARGADO DEL DEPARTAMENTO JURIDICO CONTENCIOSOTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO JURIDICO DE DESISTIMIENTOS Y ADJUDICACIONESENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE DESISTIMIENTOS Y ADJUDICACIONESJDTOOtroSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO JURIDICO DE VACANCIAS, ADJUDICACIONES Y CAMBIO DE REGIMENENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE VACANCIAS, ADJUDICACIONES Y CAMBIO DE REGIMENJDTOOtroSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO JURIDICO DE SUCESIONESENCARGADA DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DE SUCESIONESTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento; VII. Responder a los escritos, solicitudes informes u oficios que sean remitidos a la Dirección siempre y cuando sean de su competencia; VIII. Dar curso legal a los amparos en los que la Dirección sea parte; IX. Brindar la orientación necesaria a los fraccionistas con relación a los trámites que llevan a cabo en la Dirección;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE NOTIFICACIONESENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE NOTIFICACIONESTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE ARCHIVO HISTORICO Y VIGENTEDEPARTAMENTO DE ARCHIVO HISTORICO Y VIGENTETCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Regularización de la Tenencia de la TierraReglamento internoArticulo 29Artículo 29. Corresponde a la Dirección de Regularización de Fraccionamientos Rurales: I. Aplicar y vigilar el cumplimiento de la Ley de Fraccionamientos Rurales para el Estado; II. Exhortar a los fraccionistas o interesados involucrados en los procedimientos administrativos a una concertación de mutuo beneficio, cuando exista conflicto de intereses; III. Regular los procedimientos administrativos que se instauren por los fraccionistas o por cualquier persona interesada y que se generen con motivo de la tenencia de la tierra en zonas de fraccionamientos rurales, fijando las bases para resolver cualquier controversia; IV. Substanciar y resolver los procedimientos administrativos contemplados en la Ley de Fraccionamientos Rurales y su Reglamento; V. Ejecutar las resoluciones que se dicten en los procedimientos administrativos; VI. Promover la organización y capacitación de los fraccionistas; de conformidad con lo establecido en el Reglamento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE ATENCION A GRUPOS SOCIEALESENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE ATENCION A GRUPOS SOCIEALESTCE1-2Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 26Artículo 26. Dirección de Programas de Vivienda Convenidos y de Eco tecnologías: I. Dignificar la vivienda social a través de soluciones habitacionales que vayan acordes a las necesidades que dicta la población y que estén vinculadas al mejoramiento de su calidad de vida familiar, mediante el establecimiento de esquemas integrales de apoyo a la autoproducción de vivienda y al mejoramiento y ampliación de las viviendas para cada zona en el ámbito urbano y rural, poniendo énfasis en las zonas de atención prioritarias, localidades de alta y muy alta marginación y las de rezago social; II. Formular los programas de acuerdo a las políticas establecidas en el Plan Estatal y Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, entidades públicas, iniciativa privada y organizaciones sociales a fin de dignificar y mejorar la vivienda de los grupos vulnerables; III. Fortalecer proyectos de financiamiento para el otorgamiento de créditos y subsidios a grupos vulnerables, para el mejoramiento de la vivienda, con apoyo a las familias con asistencia técnica, supervisión y precios competitivos de materiales; IV. Proponer al Subsecretario la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la federación, municipios y entidades públicas y sociales tendientes a la auto construcción y al mejoramiento de la vivienda tanto rural como urbana, para la población;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE VALIDACION DE BENEFICIARIOSENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE VALIDACION DE BENEFICIARIOSDIR AServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 26Artículo 26. Dirección de Programas de Vivienda Convenidos y de Eco tecnologías: I. Dignificar la vivienda social a través de soluciones habitacionales que vayan acordes a las necesidades que dicta la población y que estén vinculadas al mejoramiento de su calidad de vida familiar, mediante el establecimiento de esquemas integrales de apoyo a la autoproducción de vivienda y al mejoramiento y ampliación de las viviendas para cada zona en el ámbito urbano y rural, poniendo énfasis en las zonas de atención prioritarias, localidades de alta y muy alta marginación y las de rezago social; II. Formular los programas de acuerdo a las políticas establecidas en el Plan Estatal y Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, entidades públicas, iniciativa privada y organizaciones sociales a fin de dignificar y mejorar la vivienda de los grupos vulnerables; III. Fortalecer proyectos de financiamiento para el otorgamiento de créditos y subsidios a grupos vulnerables, para el mejoramiento de la vivienda, con apoyo a las familias con asistencia técnica, supervisión y precios competitivos de materiales; IV. Proponer al Subsecretario la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la federación, municipios y entidades públicas y sociales tendientes a la auto construcción y al mejoramiento de la vivienda tanto rural como urbana, para la población;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DE ECOTECNOLOÍAS Y MEJORAMIENTOSENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DE ECOTECNOLOÍAS Y MEJORAMIENTOSTCServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 26Artículo 26. Dirección de Programas de Vivienda Convenidos y de Eco tecnologías: I. Dignificar la vivienda social a través de soluciones habitacionales que vayan acordes a las necesidades que dicta la población y que estén vinculadas al mejoramiento de su calidad de vida familiar, mediante el establecimiento de esquemas integrales de apoyo a la autoproducción de vivienda y al mejoramiento y ampliación de las viviendas para cada zona en el ámbito urbano y rural, poniendo énfasis en las zonas de atención prioritarias, localidades de alta y muy alta marginación y las de rezago social; II. Formular los programas de acuerdo a las políticas establecidas en el Plan Estatal y Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, entidades públicas, iniciativa privada y organizaciones sociales a fin de dignificar y mejorar la vivienda de los grupos vulnerables; III. Fortalecer proyectos de financiamiento para el otorgamiento de créditos y subsidios a grupos vulnerables, para el mejoramiento de la vivienda, con apoyo a las familias con asistencia técnica, supervisión y precios competitivos de materiales; IV. Proponer al Subsecretario la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la federación, municipios y entidades públicas y sociales tendientes a la auto construcción y al mejoramiento de la vivienda tanto rural como urbana, para la población;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE SUPERVISION DE PROGRAMAS DE VIVIENDA CONVENIDOS Y ECOTECNOLOGÍASENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISION DE PROGRAMAS DE VIVIENDA CONVENIDOS Y ECOTECNOLOGÍASTCE1-2OtroSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 26Artículo 26. Dirección de Programas de Vivienda Convenidos y de Eco tecnologías: I. Dignificar la vivienda social a través de soluciones habitacionales que vayan acordes a las necesidades que dicta la población y que estén vinculadas al mejoramiento de su calidad de vida familiar, mediante el establecimiento de esquemas integrales de apoyo a la autoproducción de vivienda y al mejoramiento y ampliación de las viviendas para cada zona en el ámbito urbano y rural, poniendo énfasis en las zonas de atención prioritarias, localidades de alta y muy alta marginación y las de rezago social; II. Formular los programas de acuerdo a las políticas establecidas en el Plan Estatal y Federal, con la participación de los tres órdenes de gobierno, entidades públicas, iniciativa privada y organizaciones sociales a fin de dignificar y mejorar la vivienda de los grupos vulnerables; III. Fortalecer proyectos de financiamiento para el otorgamiento de créditos y subsidios a grupos vulnerables, para el mejoramiento de la vivienda, con apoyo a las familias con asistencia técnica, supervisión y precios competitivos de materiales; IV. Proponer al Subsecretario la celebración de convenios de colaboración y coordinación con la federación, municipios y entidades públicas y sociales tendientes a la auto construcción y al mejoramiento de la vivienda tanto rural como urbana, para la población;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PROGRAMAS PESO APESO Y EMERGENTEENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS PESO APESO Y EMERGENTEANE2Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 25Artículo 25. Corresponde a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: I. Implementar los programas de mejoramiento de vivienda en las zonas urbanas y rurales por autoconstrucción; II. Asegurar el adecuado funcionamiento del área de atención al público y brindar asesoría e información necesaria acerca de los créditos y subsidios para el mejoramiento de vivienda; III. Brindar atención y asesoría a grupos que demanden créditos, subsidios y apoyos sociales para mejoramiento y autoconstrucción de vivienda; IV. Fomentar la investigación en materia de mejoramiento de vivienda, incorporando diseño universal, eco tecnologías y nuevos materiales; V. Promover y operar bancos de producción y distribución de materiales de construcción para la vivienda; VI. Controlar los inventarios de materiales para construcción ejercidos por la Dirección; VII. Expedir vales correspondientes a los programas de mejoramiento de vivienda por autoconstrucción;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaDEPARTAMENTO DE BANCO DE MATERIALESENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE BANCO DE MATERIALESJDTOServidor público de confianzaSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 25Artículo 25. Corresponde a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: I. Implementar los programas de mejoramiento de vivienda en las zonas urbanas y rurales por autoconstrucción; II. Asegurar el adecuado funcionamiento del área de atención al público y brindar asesoría e información necesaria acerca de los créditos y subsidios para el mejoramiento de vivienda; III. Brindar atención y asesoría a grupos que demanden créditos, subsidios y apoyos sociales para mejoramiento y autoconstrucción de vivienda; IV. Fomentar la investigación en materia de mejoramiento de vivienda, incorporando diseño universal, eco tecnologías y nuevos materiales; V. Promover y operar bancos de producción y distribución de materiales de construcción para la vivienda; VI. Controlar los inventarios de materiales para construcción ejercidos por la Dirección; VII. Expedir vales correspondientes a los programas de mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; VIII. Implementar programas de créditos de materiales para mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; IX. Coadyuvar en los procesos de contratación de obra y adquisición de bienes y servicios, relacionados con la vivienda; X. Tener el control de los expedientes unitarios de los beneficiarios de los programas de vivienda por autoconstrucción;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE REVISIÓN Y EXPEDICIÓN DE VALES DE MATERIALENCARADO DEL DEPARTAMENTO DE REVISIÓN Y EXPEDICIÓN DE VALES DE MATERIALANE1Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 25Artículo 25. Corresponde a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: I. Implementar los programas de mejoramiento de vivienda en las zonas urbanas y rurales por autoconstrucción; II. Asegurar el adecuado funcionamiento del área de atención al público y brindar asesoría e información necesaria acerca de los créditos y subsidios para el mejoramiento de vivienda; III. Brindar atención y asesoría a grupos que demanden créditos, subsidios y apoyos sociales para mejoramiento y autoconstrucción de vivienda; IV. Fomentar la investigación en materia de mejoramiento de vivienda, incorporando diseño universal, eco tecnologías y nuevos materiales; V. Promover y operar bancos de producción y distribución de materiales de construcción para la vivienda; VI. Controlar los inventarios de materiales para construcción ejercidos por la Dirección; VII. Expedir vales correspondientes a los programas de mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; VIII. Implementar programas de créditos de materiales para mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; IX. Coadyuvar en los procesos de contratación de obra y adquisición de bienes y servicios, relacionados con la vivienda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE CONTROL DOCUMENTAL ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL DOCUMENTALTEC2Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 25Artículo 25. Corresponde a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: I. Implementar los programas de mejoramiento de vivienda en las zonas urbanas y rurales por autoconstrucción; II. Asegurar el adecuado funcionamiento del área de atención al público y brindar asesoría e información necesaria acerca de los créditos y subsidios para el mejoramiento de vivienda; III. Brindar atención y asesoría a grupos que demanden créditos, subsidios y apoyos sociales para mejoramiento y autoconstrucción de vivienda; IV. Fomentar la investigación en materia de mejoramiento de vivienda, incorporando diseño universal, eco tecnologías y nuevos materiales; V. Promover y operar bancos de producción y distribución de materiales de construcción para la vivienda; VI. Controlar los inventarios de materiales para construcción ejercidos por la Dirección; VII. Expedir vales correspondientes a los programas de mejoramiento de vivienda por autoconstrucción; VIII. Implementar programas de créditos de materiales para mejoramiento de vivienda por autoconstrucción;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PROYECTOS DE VIVIENDAENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE PROYECTOS DE VIVIENDAANE2Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE COSTOS DE VIVIENDAENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS DE COSTOS DE VIVIENDAD2OtroSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano; VIII. Constituir reserva territorial patrimonial para la atención de vivienda y predios urbanos; IX. Llevar el control de la reserva territorial adquirida para vivienda; X. Realizar las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes para la promoción y desarrollo de fraccionamientos habitacionales; XI. Aplicar su actuación conforme a la normatividad de los programas de vivienda;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE TRAMITOLOGÍA Y PROCESOS PARA FRACCIONAMIENTOS DE VIVIENDAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE TRAMITOLOGÍA Y PROCESOS PARA FRACCIONAMIENTOS DE VIVIENDATCE1Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano; VIII. Constituir reserva territorial patrimonial para la atención de vivienda y predios urbanos;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE VIVIENDAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE VIVIENDAF6Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PROGRAMAS,HÁBITAT, RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS Y LOTES CON SERVICIOSENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS,HÁBITAT, RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS Y LOTES CON SERVICIOSTEC1Servidor público de baseSubsecretaria de ViviendaReglamento internoArticulo 24Artículo 24. Corresponde a la Dirección de Construcción de Vivienda: I. Diseñar y ejecutar los proyectos ejecutivos en materia de vivienda y su integración al entorno urbano; II. Tener actualizado el padrón del mercado inmobiliario; III. Realizar y tener actualizados los catálogos de costos y precios unitarios en materia de vivienda, conforme a la legislación aplicable y normatividad técnica; IV. Ejecutar en coordinación con el área Jurídica el programa de venta libre de lotes con servicios; V. Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas ejecutados; VI. Ejecutar la infraestructura básica de programas de vivienda; VII. Adquirir reserva territorial conforme los programas de desarrollo urbano; VIII. Constituir reserva territorial patrimonial para la atención de vivienda y predios urbanos;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE GEODESIA NACIONAL ACTIVA Y PASIVADEPARTAMENTO DE GEODESIA NACIONAL ACTIVA Y PASIVATEC1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 21Artículo 21. Corresponde a la Dirección del Centro de Inteligencia Territorial: I. Coordinar la integración, desarrollo, actualización, homologación y gestión de información para el ordenamiento de los asentamientos humanos; II. Desarrollar el sistema de información territorial y urbano del estado de Zacatecas, y atender las normas técnicas de geo-referenciación; III. Integrar el sistema de información con datos relativo a la propiedad rural y urbana, mediante un mosaico de identificación de la propiedad para coadyuvar en las acciones de la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra; IV. Integrar, procesar, generar, analizar y gestionar la información estratégica del territorio con bases de datos estadísticos, cartografía, estudios, informes y análisis para la adecuada planeación, ocupación y gestión del territorio en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y regularización de la tenencia de la tierra; V. Generar elementos de análisis del territorio y del medio urbano, que permita abordar soluciones estratégicas, mediante los componentes de análisis sistemático, normativo y procedimental; VI. Construir indicadores para medir la posición del territorio y la ciudad por ramas temáticas y de manera integral; VII. Implementar modelos de simulación integral de localización de actividades, usos de suelo y de transporte, que sirvan para el desarrollo de políticas de intervención; VIII. Diseño de análisis cuantitativo y cualitativo del fenómeno urbano; IX. Desarrollar nuevas herramientas de análisis territorial;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE BASE DE DATOS GEOESTADÍSTICAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE BASE DE DATOS GEOESTADÍSTICAF6OtroSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 21Artículo 21. Corresponde a la Dirección del Centro de Inteligencia Territorial: I. Coordinar la integración, desarrollo, actualización, homologación y gestión de información para el ordenamiento de los asentamientos humanos; II. Desarrollar el sistema de información territorial y urbano del estado de Zacatecas, y atender las normas técnicas de geo-referenciación; III. Integrar el sistema de información con datos relativo a la propiedad rural y urbana, mediante un mosaico de identificación de la propiedad para coadyuvar en las acciones de la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra; IV. Integrar, procesar, generar, analizar y gestionar la información estratégica del territorio con bases de datos estadísticos, cartografía, estudios, informes y análisis para la adecuada planeación, ocupación y gestión del territorio en materia de ordenamiento territorial, desarrollo urbano, vivienda y regularización de la tenencia de la tierra; V. Generar elementos de análisis del territorio y del medio urbano, que permita abordar soluciones estratégicas, mediante los componentes de análisis sistemático, normativo y procedimental; VI. Construir indicadores para medir la posición del territorio y la ciudad por ramas temáticas y de manera integral; VII. Implementar modelos de simulación integral de localización de actividades, usos de suelo y de transporte, que sirvan para el desarrollo de políticas de intervención;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN DE MOVILIDAD NO MOTORIZADAENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN DE MOVILIDAD NO MOTORIZADAAUDVO-1OtroSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 20Artículo 20. Corresponde a la Dirección de Movilidad Urbana: I. Ejecutar, dar seguimiento, evaluar, instrumentar y actualizar los instrumentos de planeación integrales de movilidad urbana sustentable en los centros de población, conurbaciones y zonas metropolitanas; II. Implementar, dar seguimiento y evaluar los proyectos de sistemas de transporte integrado; III. Coordinar con el ente responsable de tránsito y vialidad en materia de transporte público, semaforización y movilidad no motorizada; IV. Revisar, evaluar y emitir Dictamen de Impacto Vial; V. Establecer modelos de movilidad motorizada y no motorizada; VI. Elaborar la normatividad y proponer reformas de ley o reglamentos en la materia de movilidad en coordinación con las instancias responsables de la infraestructura, tránsito, vialidad y personas con discapacidad; VII. Vincular la distribución del transporte público con la ocupación del territorio; VIII. Identificar y desarrollar la interconexión vial, priorizando la movilidad no motorizada y el transporte público; IX. Participar en la formulación de instrumentos de planeación conforme al Sistema Nacional y Estatal de Planeación del Desarrollo, así como el Sistema de Planeación del Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano, con programas para la movilidad;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN AL TRANSPORTE Y LA INFRAESTRUCTURAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN AL TRANSPORTE Y LA INFRAESTRUCTURATCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 20Artículo 20. Corresponde a la Dirección de Movilidad Urbana: I. Ejecutar, dar seguimiento, evaluar, instrumentar y actualizar los instrumentos de planeación integrales de movilidad urbana sustentable en los centros de población, conurbaciones y zonas metropolitanas; II. Implementar, dar seguimiento y evaluar los proyectos de sistemas de transporte integrado; III. Coordinar con el ente responsable de tránsito y vialidad en materia de transporte público, semaforización y movilidad no motorizada; IV. Revisar, evaluar y emitir Dictamen de Impacto Vial; V. Establecer modelos de movilidad motorizada y no motorizada; VI. Elaborar la normatividad y proponer reformas de ley o reglamentos en la materia de movilidad en coordinación con las instancias responsables de la infraestructura, tránsito, vialidad y personas con discapacidad; VII. Vincular la distribución del transporte público con la ocupación del territorio; VIII. Identificar y desarrollar la interconexión vial, priorizando la movilidad no motorizada y el transporte público; IX. Participar en la formulación de instrumentos de planeación conforme al Sistema Nacional y Estatal de Planeación del Desarrollo, así como el Sistema de Planeación del Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano, con programas para la movilidad;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN DE LA MOVILIDAD MOTORIZADAENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN DE LA MOVILIDAD MOTORIZADAF6OtroSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 20Artículo 20. Corresponde a la Dirección de Movilidad Urbana: I. Ejecutar, dar seguimiento, evaluar, instrumentar y actualizar los instrumentos de planeación integrales de movilidad urbana sustentable en los centros de población, conurbaciones y zonas metropolitanas; II. Implementar, dar seguimiento y evaluar los proyectos de sistemas de transporte integrado; III. Coordinar con el ente responsable de tránsito y vialidad en materia de transporte público, semaforización y movilidad no motorizada; IV. Revisar, evaluar y emitir Dictamen de Impacto Vial; V. Establecer modelos de movilidad motorizada y no motorizada; VI. Elaborar la normatividad y proponer reformas de ley o reglamentos en la materia de movilidad en coordinación con las instancias responsables de la infraestructura, tránsito, vialidad y personas con discapacidad; VII. Vincular la distribución del transporte público con la ocupación del territorio;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE FRACCIONAMIENTOS URBANOSTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 19Artículo 19. Corresponde a la Dirección de Administración Urbana: I. Coordinarse con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y social, orientado al ordenamiento territorial, la modernización catastral y el Registro Público de la Propiedad; II. Asesorar a los Gobiernos municipales cuando estos así lo convengan en el desarrollo de las capacidades para la gestión y administración del territorio; III. Proponer y participar en la asignación y desincorporación de inmuebles del patrimonio inmobiliario; IV. Proponer las adquisiciones de reserva territorial para el desarrollo urbano, patrimonio natural y dotación de equipamiento e infraestructura; V. Coadyuvar con las autoridades competentes para evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en áreas no previstas o no aptas para su ocupación; VI. Apoyar técnicamente las propuestas de afectación y expropiación de bienes inmuebles, coadyuvando con la Coordinación General Jurídica en la integración del expediente técnico; VII. Coadyuvar con las autoridades competentes en materia de la regularización de la tenencia de la tierra en apego a los ordenamientos urbanos; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Administración en el inventario de la reserva territorial; IX. Analizar los expedientes presentados a los Ayuntamientos en materia de fraccionamientos urbanos y especiales para la emisión de opinión para su autorización; X. Supervisar los fraccionamientos habitacionales urbanos y especiales durante el proceso de obras de urbanización en coordinación con el Ayuntamiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO TÉCNICO Y DICTAMINACIÓN DE DERECHO Y CERTIFICACIÓNENCARGADO DEL DEPARTAMENTO TÉCNICO Y DICTAMINACIÓN DE DERECHO Y CERTIFICACIÓNTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 19Artículo 19. Corresponde a la Dirección de Administración Urbana: I. Coordinarse con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y social, orientado al ordenamiento territorial, la modernización catastral y el Registro Público de la Propiedad; II. Asesorar a los Gobiernos municipales cuando estos así lo convengan en el desarrollo de las capacidades para la gestión y administración del territorio; III. Proponer y participar en la asignación y desincorporación de inmuebles del patrimonio inmobiliario; IV. Proponer las adquisiciones de reserva territorial para el desarrollo urbano, patrimonio natural y dotación de equipamiento e infraestructura; V. Coadyuvar con las autoridades competentes para evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en áreas no previstas o no aptas para su ocupación; VI. Apoyar técnicamente las propuestas de afectación y expropiación de bienes inmuebles, coadyuvando con la Coordinación General Jurídica en la integración del expediente técnico; VII. Coadyuvar con las autoridades competentes en materia de la regularización de la tenencia de la tierra en apego a los ordenamientos urbanos; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Administración en el inventario de la reserva territorial; IX. Analizar los expedientes presentados a los Ayuntamientos en materia de fraccionamientos urbanos y especiales para la emisión de opinión para su autorización; X. Supervisar los fraccionamientos habitacionales urbanos y especiales durante el proceso de obras de urbanización en coordinación con el Ayuntamiento;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN DE URBANIZACIÓNENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y VERIFICACIÓN DE URBANIZACIÓNANE2Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 19Artículo 19. Corresponde a la Dirección de Administración Urbana: I. Coordinarse con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y social, orientado al ordenamiento territorial, la modernización catastral y el Registro Público de la Propiedad; II. Asesorar a los Gobiernos municipales cuando estos así lo convengan en el desarrollo de las capacidades para la gestión y administración del territorio; III. Proponer y participar en la asignación y desincorporación de inmuebles del patrimonio inmobiliario; IV. Proponer las adquisiciones de reserva territorial para el desarrollo urbano, patrimonio natural y dotación de equipamiento e infraestructura; V. Coadyuvar con las autoridades competentes para evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en áreas no previstas o no aptas para su ocupación; VI. Apoyar técnicamente las propuestas de afectación y expropiación de bienes inmuebles, coadyuvando con la Coordinación General Jurídica en la integración del expediente técnico; VII. Coadyuvar con las autoridades competentes en materia de la regularización de la tenencia de la tierra en apego a los ordenamientos urbanos; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Administración en el inventario de la reserva territorial; IX. Analizar los expedientes presentados a los Ayuntamientos en materia de fraccionamientos urbanos y especiales para la emisión de opinión para su autorización;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE CENTROS HISTORICOS Y DESARROLLOS CERTIFICADOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE CENTROS HISTORICOS Y DESARROLLOS CERTIFICADOSC20OtroSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 18Artículo 18. Corresponde a la Dirección de Desarrollo Urbano I. Proponer los instrumentos de política para el desarrollo urbano bajo un desarrollo sostenible y equilibrado de las zonas urbanas, conurbadas y metropolitanas; II. Promover ante las autoridades municipales la planificación del uso de suelo, la observancia y la adecuada conformación de la estructura urbana a través de la actualización de los programas de desarrollo urbano de centros de población y parciales que de ellos deriven; III. Asesorar y convenir con los municipios, en la actualización y ejecución de programas de desarrollo urbano; IV. Asesorar y ofrecer a las autoridades municipales capacitación técnica en materia de planeación del desarrollo urbano; V. Proponer las zonas aptas para constituir reservas de crecimiento urbano para la infraestructura, equipamiento urbano, obra pública y vivienda y gestionar la adquisición de las mismas y en el caso de la reserva de vivienda coordinarse con la Subsecretaría de Vivienda para la selección de las zonas adecuadas a ocupar; VI. Participar en el ordenamiento y regulación de zonas conurbadas interestatales e intermunicipales, la zona metropolitana, así como de los centros de población en coordinación con las autoridades municipales;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN URBANAEBCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN URBANAANE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 18Artículo 18. Corresponde a la Dirección de Desarrollo Urbano I. Proponer los instrumentos de política para el desarrollo urbano bajo un desarrollo sostenible y equilibrado de las zonas urbanas, conurbadas y metropolitanas; II. Promover ante las autoridades municipales la planificación del uso de suelo, la observancia y la adecuada conformación de la estructura urbana a través de la actualización de los programas de desarrollo urbano de centros de población y parciales que de ellos deriven; III. Asesorar y convenir con los municipios, en la actualización y ejecución de programas de desarrollo urbano; IV. Asesorar y ofrecer a las autoridades municipales capacitación técnica en materia de planeación del desarrollo urbano; V. Proponer las zonas aptas para constituir reservas de crecimiento urbano para la infraestructura, equipamiento urbano, obra pública y vivienda y gestionar la adquisición de las mismas y en el caso de la reserva de vivienda coordinarse con la Subsecretaría de Vivienda para la selección de las zonas adecuadas a ocupar; VI. Participar en el ordenamiento y regulación de zonas conurbadas interestatales e intermunicipales, la zona metropolitana, así como de los centros de población en coordinación con las autoridades municipales;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOSTENIBLEENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO SOSTENIBLETCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 17Artículo 17. Corresponde a la Dirección de Ordenamiento Territorial I. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de las acciones y programas de ordenamiento territorial, regional y especiales de su competencia, así como en la elaboración de los indicadores respectivos; II. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de atlas de riesgos y atlas de peligros, así como estudios especiales de asentamientos humanos para evaluar su protección o reubicación, en coordinación con las instancias de protección civil del Estado y municipios; III. Proponer la armonización y cohesión territorial que contribuyan al adecuado crecimiento y desarrollo equitativo de los asentamientos humanos; IV. Coordinar con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y sociales, la prevención de riesgos en asentamientos humanos; V. Desarrollar estudios prospectivos, diseño de escenarios en materia de ordenamiento territorial y actividades productivas; VI. Elaborar instrumentos de ordenamiento territorial estatal, regional, subregional, meso regional, municipal, local y puntual que incluya todas las acciones sobre el territorio con una visión a corto, mediano y largo plazo;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN REGIONALENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN REGIONALTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 17Artículo 17. Corresponde a la Dirección de Ordenamiento Territorial I. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de las acciones y programas de ordenamiento territorial, regional y especiales de su competencia, así como en la elaboración de los indicadores respectivos; II. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de atlas de riesgos y atlas de peligros, así como estudios especiales de asentamientos humanos para evaluar su protección o reubicación, en coordinación con las instancias de protección civil del Estado y municipios; III. Proponer la armonización y cohesión territorial que contribuyan al adecuado crecimiento y desarrollo equitativo de los asentamientos humanos; IV. Coordinar con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y sociales, la prevención de riesgos en asentamientos humanos; V. Desarrollar estudios prospectivos, diseño de escenarios en materia de ordenamiento territorial y actividades productivas; VI. Elaborar instrumentos de ordenamiento territorial estatal, regional, subregional, meso regional, municipal, local y puntual que incluya todas las acciones sobre el territorio con una visión a corto, mediano y largo plazo; VII. Propiciar mecanismos de coordinación regional para la implementación de proyectos de ordenamiento territorial de carácter meso regional, regional o subregional; VIII. Definir criterios para establecer acciones para atender la sostenibilidad urbana y ofrecer alternativas de solución para el diseño de políticas públicas y priorizar acciones de intervención en el territorio;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de baseDEPARTAMENTO DE RIESGOSENCARGADA DEL DEPARTAMENTO DE RIESGOSTCE1Servidor público de baseSubsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 17Artículo 17. Corresponde a la Dirección de Ordenamiento Territorial I. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de las acciones y programas de ordenamiento territorial, regional y especiales de su competencia, así como en la elaboración de los indicadores respectivos; II. Coordinar la formulación, ejecución, evaluación y control de atlas de riesgos y atlas de peligros, así como estudios especiales de asentamientos humanos para evaluar su protección o reubicación, en coordinación con las instancias de protección civil del Estado y municipios; III. Proponer la armonización y cohesión territorial que contribuyan al adecuado crecimiento y desarrollo equitativo de los asentamientos humanos; IV. Coordinar con las autoridades municipales, así como con los sectores privados y sociales, la prevención de riesgos en asentamientos humanos; V. Desarrollar estudios prospectivos, diseño de escenarios en materia de ordenamiento territorial y actividades productivas; VI. Elaborar instrumentos de ordenamiento territorial estatal, regional, subregional, meso regional, municipal, local y puntual que incluya todas las acciones sobre el territorio con una visión a corto, mediano y largo plazo;http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCOORDINADORA DE COORDINADORESENCARGADA DE LA COORDINACION DE COORDINADORESDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINACIÓN NOCHISTLÁNENCARGADA DE LA SUBCOORDINACIÓN NOCHISTLÁNJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaREGION 07 OJOCALIENTEENCARGADO DE LA REGION 07 OJOCALIENTESDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaREGION 06 CONCEPCIÓN DEL OROENCARGADO DE LA REGION 06 CONCEPCIÓN DEL OROSDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaREGION 03 VALPARAÍSOENCARGADA DE LA REGION 03 VALPARAÍSOJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroREGION 02 JEREZENCARGADO DE LA REGION 02 JEREZTCE1-2OtroSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaREGION 01 ZACATECASENCARGADO DE LA REGION 01 ZACATECASDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINACION CALERAENCARGADO DE LA SUBCOORDINACION CALERAJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINACION FRESNILLOENCARGADA DE LA SUBCOORDINACION FRESNILLOSDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroUNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PRENSAENCARGADO DE LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y PRENSATCE1-2OtroSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaUNIDAD DE PLANEACIÓNENCARGADA DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓNTCServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaUNIDAD DE TRANSPARENCIAENCARGADO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIADIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaUNIDAD DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO A PROGRAMAS FEDERALESENCARGADO DE LA UNIDAD DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO A PROGRAMAS FEDERALESJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINACION VILLANUEVAENCARGADO DELA SUBCOORDINACION VILLANUEVAJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCOORDINADOR REGIONAL SOMBRERETEENCARGADO DE LA COORDINACION SOMBRERETESDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaCOORDINACIÓN REGIONAL RIO GRANDEENCARGADO DE LA COORDINACION RIO GRANDEJDTOServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINACION REGIONAL TLALTENANGOENCARGADO DE LA SUBBCOORDINACION TLALTENENANGOSDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
otroDEPARTAMENTO DE SISTEMAS DE INFORMACIONENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE SISTEMAS DE INFORMACIONF6OtroSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 5Artículo 5. Los servidores públicos de las Áreas Sustantivas y las Unidades Administrativas de Apoyo que conforman la Secretaría, darán cumplimiento a Ley del Servicio Público y las políticas que establezca el Titular del Poder Ejecutivo; acorde a los ejes, objetivos, estrategias, metas y líneas de acción contenidas en el Plan Estatal de Desarrollo, de conformidad con las funciones y procesos establecidos en este Reglamento, en los Manuales de Organización y Procedimientos, así como en atención a la misión, visión, objetivos, alcances, valores y políticas transversales de la Secretaría.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado
servidor publico de confianzaSUBCOORDINADOR REGIONAL PINOSENCARGADO DE LA COORDINACION DE PINOSSDIR AServidor público de confianzaSecretaria De Desarrollo Urbano,Vivienda y Ordenamiento TerritorialReglamento internoArticulo 37Artículo 37. Corresponde a la Dirección de Coordinaciones Regionales: I. Coordinarse con las distintas direcciones para dar seguimiento a los asuntos en trámite con municipios u otras instancias; II. Coadyuvar con la Subsecretaría de Regularización de la Tenencia de la Tierra en el proceso de legalización de escrituras; III. Revisar y validar las propuestas de los programas de vivienda; IV. Coordinarse con los departamentos de supervisión para revisar y validar los padrones de beneficiarios de los programas de vivienda; V. Dar seguimiento a la operación y ejecución de los programas de vivienda; VI. Coordinarse con el área de cobranza y ejecutar las acciones correspondientes; y VII. Las demás que le confiera el Secretario, Subsecretarios de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, de Vivienda y de Regularización de la Tenencia de la Tierra y Directores y demás disposiciones jurídicas aplicables.http://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/AWZhmKIogYN4FImVER NOTAhttp://transparenciacloud.zacatecas.gob.mx/index.php/s/xQBTRE2ABGm4o9RVER NOTA30-sep-17Coordinación Administrativa201730-sep-17No se generó información, debido a que el Manual y el reglamento aún no están autorizados por la coordinación jurídica del gobierno del estado

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