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Vigente

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:

24 enero, 2018

FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

30 enero, 2018

RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:

Christian Ángel Velazquez Orozco

 

Trámites y requisitos. Cuarto trimestre 2017.

POR: "-----------"


De: Artículo 39 / Fracción XX

La fracción refiere a: Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.


Descripción:

Información referente a los trámites, requisitos y formatos que ofrece el REPSS.


Acto administrativoTipo de trámiteDenominación del trámiteTipo de usuario y/o población objetivoDescripción de los beneficiosModalidad de trámiteRequisitos para llevar a cabo el trámiteDocumentos requeridosHipervínculo al/los formato(s) respectivo(s)Plazos para la conclusión del trámite o tiempo de respuestaVigencia de los resultados del trámiteDenominación del áreaTipo de vialidadNombre de validadNúmero exteriorNúmero interiorTipo de asentamientoNombre de la localidadClave del municipioNombre del MunicipioClave de la entidad federativaNombre de la Entidad FederativaCorreo electrónicoHorario de atenciónTel. y ext.Clave de la localidadCódigo PostalCostoSustento legal para su cobroLugares donde se efectúa el pagoFundamento jurídico-administrativo del trámiteDerechos del usuario ante la negativa o la falta de respuestaTeléfono, en su caso extensiónCorreo electrónicoDomicilio para reportar anomalías: CalleNúmero exteriorNúmero interiorColoniaMunicipioCódigo postalOtros datosHipervínculo a la información adicional del trámiteHipervínculo al catálogo, manual o sistema correspondienteFecha de validaciónÁrea responsable de la informaciónAñoFecha de actualizaciónNota
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECASCalleCircuito Ciudad Gobierno410N/AColoniaZACATECAS32056ZACATECAS32ZACATECASmao001hgz@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(492) 7 68 11 0032056000198160Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECASArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(492) 7 68 11 00mao001hgz@hotmail.comMAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECAS41N/AColoniaZACATECAS32056http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSOCalleCamino Real26N/AColoniaTRANCOSO32057TRANCOSO32ZACATECASmao057hct@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(492) 9 31 26 9832057000198640Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(492) 9 31 26 98mao057hct@hotmail.comMAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSO26N/AColoniaTRANCOSO32057http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTECalleCarr. San CristobalSNN/AColoniaOJOCALIENTE32036OJOCALIENTE32ZACATECASmao003hco@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(458) 9 44 28 7232036000198717Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTEArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(458) 9 44 28 72mao003hco@hotmail.comMAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTESNN/AColoniaOJOCALIENTE32036http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMACalleMiguel AuzaSNN/AColoniaJUAN ALDAMA32022JUAN ALDAMA32ZACATECASmao004hcja@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(498) 9 83 13 1232022000198300Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(498) 9 83 13 12mao004hcja@hotmail.comMAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMASNN/AColoniaJUAN ALDAMA32022http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETECalleBlvd. El Minero1100N/AColoniaSOMBRERETE32042SOMBRERETE32ZACATECASmao005hcs@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(433) 9 35 23 4932042000199100Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETEArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(433) 9 35 23 49mao005hcs@hotmail.comMAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETE1100N/AColoniaSOMBRERETE32042http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZCalleCarr Jerez-Tlaltenango Km 26.5SNN/AColoniaJEREZ32020JEREZ32ZACATECASmao006hgj@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(494) 9 45 05 7632020000199300Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(494) 9 45 05 76mao006hgj@hotmail.comMAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZSNN/AColoniaJEREZ32020http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPACalleBlvd. Salida A ZacatecasSNN/AColoniaJALPA32019JALPA32ZACATECASmao007hcj@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(463) 9 55 42 0232019000199600Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(463) 9 55 42 02mao007hcj@hotmail.comMAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPASNN/AColoniaJALPA32019http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETOCalleCarr. Salida Crisostomos Km. 1.5SNN/AColoniaLORETO32024LORETO32ZACATECASmao008hgl@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(496) 9 62 33 4332024000198830Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(496) 9 62 33 43mao008hgl@hotmail.comMAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETOSNN/AColoniaLORETO32024http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILACalleMercurio55N/AColoniaJUCHIPILA32023JUCHIPILA32ZACATECASmao009hcju@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(467) 9 52 28 2832023000199960Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(467) 9 52 28 28mao009hcju@hotmail.comMAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILA55N/AColoniaJUCHIPILA32023http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLANCalleLibramiento Carr. TlachichilaSNN/AColoniaNOCHISTLAN32034NOCHISTLAN32ZACATECASmao010hcn@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(346) 7 13 32 9332034000199900Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLANArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(346) 7 13 32 93mao010hcn@hotmail.comMAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLANSNN/AColoniaNOCHISTLAN32034http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1CalleCarret. A Est. Sn. JoséSNN/AColoniaFRESNILLO32010FRESNILLO32ZACATECASmao011csf@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(493) 9 83 60 6732010000199000Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(493) 9 83 60 67mao011csf@hotmail.comMAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1SNN/AColoniaFRESNILLO32010http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLOCalleCarretera Fresnillo A Valparaiso Km. 1.5SNN/AColoniaFRESNILLO32010FRESNILLO32ZACATECASmap012hgf@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(493) 8 78 14 7432010000199000Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(493) 8 78 14 74map012hgf@hotmail.comMAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLOSNN/AColoniaFRESNILLO32010http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECASCalleAnt. Carr. Panamericana202N/AColoniaZACATECAS32056ZACATECAS32ZACATECASmao013csz@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(492) 9 22 25 0932056000198600Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECASArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(492) 9 22 25 09mao013csz@hotmail.comMAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECAS202N/AColoniaZACATECAS32056http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COSCalleJ. Vasconcelos Esq. Jaime NunoSNN/AColoniaVILLA DE COS32051VILLA DE COS32ZACATECASmao015hcvc@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(458) 9 31 25 6532051000198430Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COSArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(458) 9 31 25 65mao015hcvc@hotmail.comMAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COSSNN/AColoniaVILLA DE COS32051http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERACalleDr. Estaban Carranza1N/AColoniaCALERA32050CALERA32ZACATECASmao016hcc@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(492) 9 85 22 2132005000198500Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(492) 9 85 22 21mao016hcc@hotmail.comMAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERA1N/AColoniaCALERA32050http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISOCalleAv. De La Juventud102N/AColoniaVALPARAISO32049VALPARAISO32ZACATECASmao017hcv@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(457) 9 36 22 2332049000199250Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(457) 9 36 22 23mao017hcv@hotmail.comMAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISO102N/AColoniaVALPARAISO32049http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANACalleAv. Programacion Y Presupuesto7N/AColoniaGUADALUPE32017GUADALUPE32ZACATECASmao018hmz@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(492) 9 21 13 7332017000198610Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(492) 9 21 13 73mao018hmz@hotmail.comMAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANA7N/AColoniaGUADALUPE32017http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 018 CENTRO DE SALUD PINOSCalleProlongación ZaragozaSNN/AColoniaPINOS32038PINOS32ZACATECASmao019csp@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(496) 8 64 50 8532038000198920Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 018 CENTRO DE SALUD PINOSArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(496) 8 64 50 85mao019csp@hotmail.comMAO 018 CENTRO DE SALUD PINOSSNN/AColoniaPINOS32038http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDECalleProlongacion IndependenciaSNN/AColoniaRIO GRANDE32039RIO GRANDE32ZACATECASmao020csrg@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(498) 9 82 46 4932039000198420Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDEArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(498) 9 82 46 49mao020csrg@hotmail.comMAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDESNN/AColoniaRIO GRANDE32039http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGOCalleZaragoza21N/AColoniaTLALTENANGO32048TLALTENANGO32ZACATECASmao021cst@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(437) 9 54 19 6332048000199700Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(437) 9 54 19 63mao021cst@hotmail.comMAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGO21N/AColoniaTLALTENANGO32048http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGACalleIndependenciaSNN/AColoniaTEUL DE GONZALEZ ORTEGA32047TEUL DE GONZALEZ ORTEGA32ZACATECASmao022hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(467)9 52 75 5532047000199800Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(467)9 52 75 55mao022hotmail.comMAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGASNN/AColoniaTEUL DE GONZALEZ ORTEGA32047http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL OROCalleVENUSTIANO CARRANZASNN/AColoniaCONCEPCION DEL ORO32007CONCEPCION DEL ORO32ZACATECASmao023mco@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(842) 4 24 03 2032007000198200Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL OROArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(842) 4 24 03 20mao023mco@hotmail.comMAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL OROSNN/AColoniaCONCEPCION DEL ORO32007http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGOCalleCallejon del BesoSNN/AColoniaVILLA HIDALGO32054VILLA HIDALGO32ZACATECASnodovillahidalgo@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(493) 9 65 22 6632054000198990Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(493) 9 65 22 66nodovillahidalgo@hotmail.comMAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGOSNN/AColoniaVILLA HIDALGO32054http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGACallePlaza HidalgoSNN/AColoniaVILLA GONZALEZ ORTEGA32053VILLA GONZALEZ ORTEGA32ZACATECASmao24villaglzo@outlook.com8:00 am A 16:00 pm(496) 96 5 41 8132053000198840Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(496) 96 5 41 81mao24villaglzo@outlook.comMAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGASNN/AColoniaVILLA GONZALEZ ORTEGA32053http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 025 DIF LUIS MOYACalleEmiliano Zapata11N/AColoniaLUIS MOYA32025LUIS MOYA32ZACATECASma025luismoya@live.mx8:00 am A 16:00 pm(458) 98 7 02 1032025000198770Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 025 DIF LUIS MOYAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(458) 98 7 02 10ma025luismoya@live.mxMAO 025 DIF LUIS MOYA11N/AColoniaLUIS MOYA32025http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2CalleAV PLATEROSSNN/AColoniaFRESNILLO32010FRESNILLO32ZACATECAScessafres@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(493)9 33 00 1432010000199000Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(493)9 33 00 14cessafres@hotmail.comMAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2SNN/AColoniaFRESNILLO32010http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVESCalleReforma28N/AColoniaNIEVES32014NIEVES32ZACATECASnodonieves@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(498) 9 35 58 6432014000198370Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVESArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(498) 9 35 58 64nodonieves@hotmail.comMAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVES28N/AColoniaNIEVES32014http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVACallePlaza Martin ChavezSNN/AColoniaVILLANUEVA32055VILLANUEVA32ZACATECASnodovillanueva@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(499) 9 26 05 8232055000199540Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVAArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(499) 9 26 05 82nodovillanueva@hotmail.comMAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVASNN/AColoniaVILLANUEVA32055http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales
TrámiteEntrega de informaciónAfiliación y/o Reafiliación al Seguro PopularPersona NO derechohabiente de la Seguridad SocialAcceder al Sistema de Protección Social en SaludPresencialGozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud"1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA.http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años.MAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCOCalleManuel DobladoSNN/AColoniaTABASCO32044TABASCO32ZACATECASnodotabasco@hotmail.com8:00 am A 16:00 pm(463) 9 64 12 9432044000199630Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares.Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud.MAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCOArtículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud.Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.(463) 9 64 12 94nodotabasco@hotmail.comMAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCOSNN/AColoniaTABASCO32044http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/N/A Ver nota 15/01/2018Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón2017 16/01/2018No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales

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