DEPENDENCIA QUE PUBLICA LA INFORMACIÓN:
"-----------"
STATUS DE LA INFORMACIÓN:
Vigente
FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
24 enero, 2018
FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:
30 enero, 2018
RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN:
Christian Ángel Velazquez Orozco
Trámites y requisitos. Cuarto trimestre 2017.
POR: "-----------"
De: Artículo 39 / Fracción XX
La fracción refiere a: Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.
Descripción:
Información referente a los trámites, requisitos y formatos que ofrece el REPSS.
Acto administrativo | Tipo de trámite | Denominación del trámite | Tipo de usuario y/o población objetivo | Descripción de los beneficios | Modalidad de trámite | Requisitos para llevar a cabo el trámite | Documentos requeridos | Hipervínculo al/los formato(s) respectivo(s) | Plazos para la conclusión del trámite o tiempo de respuesta | Vigencia de los resultados del trámite | Denominación del área | Tipo de vialidad | Nombre de validad | Número exterior | Número interior | Tipo de asentamiento | Nombre de la localidad | Clave del municipio | Nombre del Municipio | Clave de la entidad federativa | Nombre de la Entidad Federativa | Correo electrónico | Horario de atención | Tel. y ext. | Clave de la localidad | Código Postal | Costo | Sustento legal para su cobro | Lugares donde se efectúa el pago | Fundamento jurídico-administrativo del trámite | Derechos del usuario ante la negativa o la falta de respuesta | Teléfono, en su caso extensión | Correo electrónico | Domicilio para reportar anomalías: Calle | Número exterior | Número interior | Colonia | Municipio | Código postal | Otros datos | Hipervínculo a la información adicional del trámite | Hipervínculo al catálogo, manual o sistema correspondiente | Fecha de validación | Área responsable de la información | Año | Fecha de actualización | Nota |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECAS | Calle | Circuito Ciudad Gobierno | 410 | N/A | Colonia | ZACATECAS | 32056 | ZACATECAS | 32 | ZACATECAS | mao001hgz@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (492) 7 68 11 00 | 320560001 | 98160 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECAS | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (492) 7 68 11 00 | mao001hgz@hotmail.com | MAO 001 HOSPITAL GENERAL ZACATECAS | 41 | N/A | Colonia | ZACATECAS | 32056 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSO | Calle | Camino Real | 26 | N/A | Colonia | TRANCOSO | 32057 | TRANCOSO | 32 | ZACATECAS | mao057hct@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (492) 9 31 26 98 | 320570001 | 98640 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (492) 9 31 26 98 | mao057hct@hotmail.com | MAO 002 HOSPITAL COMUNITARIO TRANCOSO | 26 | N/A | Colonia | TRANCOSO | 32057 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTE | Calle | Carr. San Cristobal | SN | N/A | Colonia | OJOCALIENTE | 32036 | OJOCALIENTE | 32 | ZACATECAS | mao003hco@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (458) 9 44 28 72 | 320360001 | 98717 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTE | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (458) 9 44 28 72 | mao003hco@hotmail.com | MAO 003 HOSPITAL COMUNITARIO OJOCALIENTE | SN | N/A | Colonia | OJOCALIENTE | 32036 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMA | Calle | Miguel Auza | SN | N/A | Colonia | JUAN ALDAMA | 32022 | JUAN ALDAMA | 32 | ZACATECAS | mao004hcja@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (498) 9 83 13 12 | 320220001 | 98300 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (498) 9 83 13 12 | mao004hcja@hotmail.com | MAO 004 HOSPITAL COMUNITARIO JUAN ALDAMA | SN | N/A | Colonia | JUAN ALDAMA | 32022 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETE | Calle | Blvd. El Minero | 1100 | N/A | Colonia | SOMBRERETE | 32042 | SOMBRERETE | 32 | ZACATECAS | mao005hcs@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (433) 9 35 23 49 | 320420001 | 99100 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETE | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (433) 9 35 23 49 | mao005hcs@hotmail.com | MAO 005 HOSPITAL COMUNITARIO SOMBRERETE | 1100 | N/A | Colonia | SOMBRERETE | 32042 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZ | Calle | Carr Jerez-Tlaltenango Km 26.5 | SN | N/A | Colonia | JEREZ | 32020 | JEREZ | 32 | ZACATECAS | mao006hgj@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (494) 9 45 05 76 | 320200001 | 99300 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZ | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (494) 9 45 05 76 | mao006hgj@hotmail.com | MAO 006 HOSPITAL GENERAL JEREZ | SN | N/A | Colonia | JEREZ | 32020 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPA | Calle | Blvd. Salida A Zacatecas | SN | N/A | Colonia | JALPA | 32019 | JALPA | 32 | ZACATECAS | mao007hcj@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (463) 9 55 42 02 | 320190001 | 99600 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (463) 9 55 42 02 | mao007hcj@hotmail.com | MAO 007 HOSPITAL COMUNITARIO JALPA | SN | N/A | Colonia | JALPA | 32019 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETO | Calle | Carr. Salida Crisostomos Km. 1.5 | SN | N/A | Colonia | LORETO | 32024 | LORETO | 32 | ZACATECAS | mao008hgl@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (496) 9 62 33 43 | 320240001 | 98830 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (496) 9 62 33 43 | mao008hgl@hotmail.com | MAO 008 HOSPITAL GENERAL LORETO | SN | N/A | Colonia | LORETO | 32024 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILA | Calle | Mercurio | 55 | N/A | Colonia | JUCHIPILA | 32023 | JUCHIPILA | 32 | ZACATECAS | mao009hcju@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (467) 9 52 28 28 | 320230001 | 99960 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (467) 9 52 28 28 | mao009hcju@hotmail.com | MAO 009 HOSPITAL COMUNITARIO JUCHIPILA | 55 | N/A | Colonia | JUCHIPILA | 32023 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLAN | Calle | Libramiento Carr. Tlachichila | SN | N/A | Colonia | NOCHISTLAN | 32034 | NOCHISTLAN | 32 | ZACATECAS | mao010hcn@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (346) 7 13 32 93 | 320340001 | 99900 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLAN | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (346) 7 13 32 93 | mao010hcn@hotmail.com | MAO 010 HOSPITAL COMUNITARIO NOCHISTLAN | SN | N/A | Colonia | NOCHISTLAN | 32034 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1 | Calle | Carret. A Est. Sn. José | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | FRESNILLO | 32 | ZACATECAS | mao011csf@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (493) 9 83 60 67 | 320100001 | 99000 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1 | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (493) 9 83 60 67 | mao011csf@hotmail.com | MAO 011 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 1 | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLO | Calle | Carretera Fresnillo A Valparaiso Km. 1.5 | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | FRESNILLO | 32 | ZACATECAS | map012hgf@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (493) 8 78 14 74 | 320100001 | 99000 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (493) 8 78 14 74 | map012hgf@hotmail.com | MAO 012 HOSPITAL GENERAL FRESNILLO | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECAS | Calle | Ant. Carr. Panamericana | 202 | N/A | Colonia | ZACATECAS | 32056 | ZACATECAS | 32 | ZACATECAS | mao013csz@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (492) 9 22 25 09 | 320560001 | 98600 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECAS | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (492) 9 22 25 09 | mao013csz@hotmail.com | MAO 013 CENTRO DE SALUD ZACATECAS | 202 | N/A | Colonia | ZACATECAS | 32056 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COS | Calle | J. Vasconcelos Esq. Jaime Nuno | SN | N/A | Colonia | VILLA DE COS | 32051 | VILLA DE COS | 32 | ZACATECAS | mao015hcvc@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (458) 9 31 25 65 | 320510001 | 98430 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COS | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (458) 9 31 25 65 | mao015hcvc@hotmail.com | MAO 014 HOSPITAL COMUNITARIO VILLA DE COS | SN | N/A | Colonia | VILLA DE COS | 32051 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERA | Calle | Dr. Estaban Carranza | 1 | N/A | Colonia | CALERA | 32050 | CALERA | 32 | ZACATECAS | mao016hcc@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (492) 9 85 22 21 | 320050001 | 98500 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (492) 9 85 22 21 | mao016hcc@hotmail.com | MAO 015 HOSPITAL COMUNITARIO CALERA | 1 | N/A | Colonia | CALERA | 32050 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISO | Calle | Av. De La Juventud | 102 | N/A | Colonia | VALPARAISO | 32049 | VALPARAISO | 32 | ZACATECAS | mao017hcv@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (457) 9 36 22 23 | 320490001 | 99250 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (457) 9 36 22 23 | mao017hcv@hotmail.com | MAO 016 HOSPITAL COMUNITARIO VALPARAISO | 102 | N/A | Colonia | VALPARAISO | 32049 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANA | Calle | Av. Programacion Y Presupuesto | 7 | N/A | Colonia | GUADALUPE | 32017 | GUADALUPE | 32 | ZACATECAS | mao018hmz@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (492) 9 21 13 73 | 320170001 | 98610 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (492) 9 21 13 73 | mao018hmz@hotmail.com | MAO 017 HOSPITAL DE LA MUJER ZACATECANA | 7 | N/A | Colonia | GUADALUPE | 32017 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 018 CENTRO DE SALUD PINOS | Calle | Prolongación Zaragoza | SN | N/A | Colonia | PINOS | 32038 | PINOS | 32 | ZACATECAS | mao019csp@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (496) 8 64 50 85 | 320380001 | 98920 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 018 CENTRO DE SALUD PINOS | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (496) 8 64 50 85 | mao019csp@hotmail.com | MAO 018 CENTRO DE SALUD PINOS | SN | N/A | Colonia | PINOS | 32038 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDE | Calle | Prolongacion Independencia | SN | N/A | Colonia | RIO GRANDE | 32039 | RIO GRANDE | 32 | ZACATECAS | mao020csrg@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (498) 9 82 46 49 | 320390001 | 98420 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDE | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (498) 9 82 46 49 | mao020csrg@hotmail.com | MAO 019 CENTRO DE SALUD RIO GRANDE | SN | N/A | Colonia | RIO GRANDE | 32039 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGO | Calle | Zaragoza | 21 | N/A | Colonia | TLALTENANGO | 32048 | TLALTENANGO | 32 | ZACATECAS | mao021cst@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (437) 9 54 19 63 | 320480001 | 99700 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (437) 9 54 19 63 | mao021cst@hotmail.com | MAO 020 CENTRO DE SALUD TLALTENANGO | 21 | N/A | Colonia | TLALTENANGO | 32048 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | Calle | Independencia | SN | N/A | Colonia | TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | 32047 | TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | 32 | ZACATECAS | mao022hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (467)9 52 75 55 | 320470001 | 99800 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (467)9 52 75 55 | mao022hotmail.com | MAO 021 CENTRO DE SALUD TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | SN | N/A | Colonia | TEUL DE GONZALEZ ORTEGA | 32047 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL ORO | Calle | VENUSTIANO CARRANZA | SN | N/A | Colonia | CONCEPCION DEL ORO | 32007 | CONCEPCION DEL ORO | 32 | ZACATECAS | mao023mco@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (842) 4 24 03 20 | 320070001 | 98200 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL ORO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (842) 4 24 03 20 | mao023mco@hotmail.com | MAO 022 CENTRO DE SALUD CONCEPCION DEL ORO | SN | N/A | Colonia | CONCEPCION DEL ORO | 32007 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGO | Calle | Callejon del Beso | SN | N/A | Colonia | VILLA HIDALGO | 32054 | VILLA HIDALGO | 32 | ZACATECAS | nodovillahidalgo@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (493) 9 65 22 66 | 320540001 | 98990 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (493) 9 65 22 66 | nodovillahidalgo@hotmail.com | MAO 023 CENTRO DE SALUD VILLA HIDALGO | SN | N/A | Colonia | VILLA HIDALGO | 32054 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGA | Calle | Plaza Hidalgo | SN | N/A | Colonia | VILLA GONZALEZ ORTEGA | 32053 | VILLA GONZALEZ ORTEGA | 32 | ZACATECAS | mao24villaglzo@outlook.com | 8:00 am A 16:00 pm | (496) 96 5 41 81 | 320530001 | 98840 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (496) 96 5 41 81 | mao24villaglzo@outlook.com | MAO 024 DIF VILLA GONZALEZ ORTEGA | SN | N/A | Colonia | VILLA GONZALEZ ORTEGA | 32053 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 025 DIF LUIS MOYA | Calle | Emiliano Zapata | 11 | N/A | Colonia | LUIS MOYA | 32025 | LUIS MOYA | 32 | ZACATECAS | ma025luismoya@live.mx | 8:00 am A 16:00 pm | (458) 98 7 02 10 | 320250001 | 98770 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 025 DIF LUIS MOYA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (458) 98 7 02 10 | ma025luismoya@live.mx | MAO 025 DIF LUIS MOYA | 11 | N/A | Colonia | LUIS MOYA | 32025 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2 | Calle | AV PLATEROS | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | FRESNILLO | 32 | ZACATECAS | cessafres@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (493)9 33 00 14 | 320100001 | 99000 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2 | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (493)9 33 00 14 | cessafres@hotmail.com | MAO 026 CENTRO DE SALUD FRESNILLO 2 | SN | N/A | Colonia | FRESNILLO | 32010 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVES | Calle | Reforma | 28 | N/A | Colonia | NIEVES | 32014 | NIEVES | 32 | ZACATECAS | nodonieves@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (498) 9 35 58 64 | 320140001 | 98370 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVES | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (498) 9 35 58 64 | nodonieves@hotmail.com | MAO 027 CENTRO DE SALUD NIEVES | 28 | N/A | Colonia | NIEVES | 32014 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVA | Calle | Plaza Martin Chavez | SN | N/A | Colonia | VILLANUEVA | 32055 | VILLANUEVA | 32 | ZACATECAS | nodovillanueva@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (499) 9 26 05 82 | 320550001 | 99540 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVA | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (499) 9 26 05 82 | nodovillanueva@hotmail.com | MAO 028 CENTRO DE SALUD VILLANUEVA | SN | N/A | Colonia | VILLANUEVA | 32055 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales | |
Trámite | Entrega de información | Afiliación y/o Reafiliación al Seguro Popular | Persona NO derechohabiente de la Seguridad Social | Acceder al Sistema de Protección Social en Salud | Presencial | Gozaran de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos: 1.- Ser residentes del territorio nacional; 2.- No ser derechohabientes de la seguridad social: 3.- Contar con CURP; 4.- Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el artículo 77 Bis 21 de la Ley General de Salud en materia de Protección Social en Salud, y; 5.- Cumplir con las obligaciones establecidas en Título Tercero Bis "Sistema de Protección Social en Salud" | 1.- CURP de todos los integrantes; 2.- Identificación oficial con fotografía (del titular); 3.- Comprobante de domicilio reciente, y; 4.- Formato F1 si cuenta con el programa de inclusión social PROSPERA. | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | 1.- 90 días; 2.- 1 año y 3 años. | MAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCO | Calle | Manuel Doblado | SN | N/A | Colonia | TABASCO | 32044 | TABASCO | 32 | ZACATECAS | nodotabasco@hotmail.com | 8:00 am A 16:00 pm | (463) 9 64 12 94 | 320440001 | 99630 | Los beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud participarán en su financiamiento con cuotas familiares que serán anticipadas, anuales y progresivas, que se determinaráb con base en las condiciones socioeconómicas de cada familia, las cuales deberán cubrirse en la forma y fechas que determine la Secretaría de Salud, salvo cuando exista la incapacidad de la familia a cubrir la cuota, lo cual no le impedirá incorporarse y ser sujeto de los beneficios que se deriven del Sistema de Protección Social en Salud. Las disposiciones reglamentarias establecerán los lineamientos para los casos en que por las características socioeconómicas de los beneficiarios éstos no aportarán cuotas familiares. | Artículo 77 Bis 21, De las Cuotas Familias, Capítulo V, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud", Ley General de Salud. | MAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCO | Artículo 77 Bis 1, Capítulo 1 Disposiciones Generales, Titulo Tercero Bis "De la Protección Social en Salud" de la Ley General de Salud. | Presentar quejas ante los Regímenes Estatales de Protección en Salud o ante los Servicios Estatales de Salud, por la falta o inadecuada prestación de servicios, así como recibir información acerca de los procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas. | (463) 9 64 12 94 | nodotabasco@hotmail.com | MAO 029 HOSPITAL COMUNITARIO TABASCO | SN | N/A | Colonia | TABASCO | 32044 | http://www.seguropopularzacatecas.gob.mx/ | N/A Ver nota | 15/01/2018 | Dirección de Afiliación y Operación / Subdirección de Promoción y Afiliación / Subdirección de Administración y Validación del Padrón | 2017 | 16/01/2018 | No existe hipervínculo al sistema en razón de que es de acceso controlado por tratarse de datos personales |
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- Fecha Publicación: 28 enero, 2022 Fecha de actualización: 28 enero, 2022
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