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Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación
Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación
Ubicación: Av. de la Juventud 504 , Col.
Barros Sierra ,
Zacatecas Zacatecas . C.P.
98090 Responsable: Dr. Hamurabi Gamboa Rosales ,
Director del Consejo Zacatecano de Ciencia y Tecnología Horario: N/A Nombre del Titular de la Unidad de Transparencia: ------------ Email: gcampillo@cozcyt.gob.mx Tel: +52 (492) 9212816 Sitio Web: http://www.cozcyt.gob.mx/site2/
De: Artículo 39, Fracción XXI: La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la normatividad aplicable
De: Artículo 39, Fracción XXI: La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la normatividad aplicable
Descripción: Ejercicio de los egresos presupuestarios
De: Artículo 39, Fracción XXI: La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la normatividad aplicable
De: Artículo 39, Fracción XI: Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
De: Artículo 39, Fracción XXIII: Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Descripción: Erogación de recursos por contratación de servicios de impresión, disfusión y publicidad
De: Artículo 39, Fracción XIII: El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información
De: Artículo 39, Fracción XVI: Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
Descripción: Recurso Público entregado a sindicatos
De: Artículo 39, Fracción XVI: Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
De: Artículo 39, Fracción VIII: La remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración
De: Artículo 39, Fracción XVII: La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto
Descripción: Información curricular y las sanciones administrativas definitivas de los(as) servidores(as) públicas(os)
De: Artículo 39, Fracción XVII: La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto
Descripción: Información curricular y las sanciones administrativas definitivas de los(as) servidores(as) públicas(os)
De: Artículo 39, Fracción X: El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
Descripción: Total de plazas vacantes y ocupadas del personal de base y confianza
De: Artículo 39, Fracción X: El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.
Descripción: Plazas vacantes del personal de base y confianza
De: Artículo 39, Fracción VII: El directorio de todos los Servidores Públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;
De: Artículo 39, Fracción II: Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables